Plan
de Aplicación
X. Medios de ejecución
81. La aplicación del Programa
21 y el logro de los objetivos de desarrollo
convenidos internacionalmente, incluso los que
figuran en la Declaración del Milenio y en el
presente plan de acción, requieren un esfuerzo
mucho mayor, tanto por parte de los propios países
como del resto de la comunidad internacional,
sobre la base del reconocimiento de que cada
país debe asumir la responsabilidad principal
por su propio desarrollo y que debe hacerse hincapié en
la importantísima función de las estrategias
de desarrollo y las políticas nacionales, teniendo
plenamente en cuenta los principios de Río, incluido,
en particular, el principio de las responsabilidades
comunes pero diferenciadas, que establece:
"Los Estados deberán cooperar
con espíritu de solidaridad mundial para conservar,
proteger y restablecer la salud y la integridad
del ecosistema de la Tierra. En vista de que
han contribuido en distinta medida a la degradación
del medio ambiente mundial, los Estados tienen
responsabilidades comunes pero diferenciadas.
Los países desarrollados reconocen la responsabilidad
que les cabe en la búsqueda internacional del
desarrollo sostenible, en vista de las pre-siones
que sus sociedades ejercen en el medio ambiente
mundial y de las tecnologías y los recursos
financieros de que disponen."
Los objetivos de desarrollo
convenidos internacionalmente, incluso los que
figuran en la Declaración del Milenio y en el
Programa 21, así como en el presente plan de
acción, exigirán importantes incrementos de las
corrientes de recursos financieros, como se estableció en
el Consenso de Monterrey, incluso mediante el
aporte de recursos nuevos y adicionales, y en
particular las dirigidas a los países en desarrollo,
a fin de prestar apoyo a la ejecución de las
políticas y programas nacionales que hayan elaborado,
mejorar las oportunidades comerciales, la transferencia
de tecnologías ecológicamente racionales y el
acceso a ellas en condiciones favorables o preferenciales
mutuamente convenidas, la educación y la elevación
del nivel de conciencia de la población, el fomento
de la capacidad y la información al servicio
de la adopción de decisiones y la capacidad científica,
dentro de los plazos convenidos que se requieren
para alcanzar esos objetivos e iniciativas. Para
que se obtengan progresos en ese sentido será necesario
que la comunidad internacional aplique los acuerdos
internacionales y los resultados de las principales
conferencias de las Naciones Unidas, tales como
los programas de acción aprobados en la Tercera
Conferencia de las Naciones Unidas sobre los
Países Menos Adelantados39 y
la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible
de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo,
y los acuerdos internacionales pertinentes concertados
a partir de 1992, en particular los de la Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo
y la Cuarta Conferencia Ministerial de la Organización
Mundial del Comercio, incluso utilizándolos como
punto de partida en un proceso encaminado a lograr
el desarrollo sostenible.
82. La movilización de recursos
financieros y el incremento de la eficacia en
su utilización, así como el establecimiento de
las condiciones económicas nacionales e internacionales
necesarias para alcanzar los objetivos de desarrollo
convenidos internacionalmente, incluso los que
figuran en la Declaración del Milenio, de eliminar
la pobreza, mejorar las condiciones sociales
y elevar los niveles de vida y proteger nuestro
medio ambiente, constituirán nuestro primer paso
para lograr que el siglo XXI sea el siglo del
desarrollo sostenible para todos.
83. Un problema crítico en nuestra
búsqueda común del crecimiento, la eliminación
de la pobreza y el desarrollo sostenible consiste
en garantizar las condiciones internas necesarias
para movilizar los ahorros internos, tanto públicos
como privados, mantener niveles suficientes de
inversiones productivas y aumentar la capacidad
humana. Tiene importancia fundamental la tarea
de incrementar la eficacia, la coherencia y la
congruencia de la política macroeconómica. El
logro de un entorno propicio en el plano nacional
es esencial para movilizar los recursos internos,
incrementar la productividad, reducir la fuga
de capitales y estimular al sector privado, así como
atraer las inversiones y la asistencia internacionales,
y aprovecharlas mejor. La comunidad internacional
debe apoyar los esfuerzos para crear ese entorno.
84. Facilitar mayores flujos
de inversiones extranjeras directas a fin de
apoyar las actividades de desarrollo sostenible
de los países en desarrollo, incluso el desarrollo
de sus infraestructuras, y aumentar los beneficios
que los países en desarrollo pueden derivar de
las inversiones extranjeras directas, con medidas
especiales para:
a) Crear las condiciones
internas e internacionales necesarias para
facilitar incrementos significativos en la
corriente de inversiones extranjeras directas
hacia los países en desarrollo, en particular
hacia los países menos adelantados; esas corrientes
de inversiones extranjeras directas, especialmente
las destinadas al desarrollo de la infraestructura
y otras esferas prioritarias en los países
en desarrollo a fin de complementar los recursos
internos movilizados por dichos países, son
esenciales para lograr el desarrollo sostenible;
b) Alentar las inversiones
extranjeras directas en los países en desarrollo
y los países con economías en transición mediante
créditos a la exportación que puedan contribuir
al desarrollo sostenible.
85. Reconocer que será necesario
un aumento sustancial en la asistencia oficial
para el desarrollo y otros recursos para que
los países en desarrollo puedan alcanzar las
metas y objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente,
incluso los que figuran en la Declaración del
Milenio. Para promover el apoyo a la asistencia
oficial para el desarrollo, colaboraremos para
seguir perfeccionando las políticas y estrategias
de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional,
a fin de aumentar la eficacia de la ayuda, utilizando
medidas encaminadas a:
a) Hacer efectivos los compromisos
incrementados de asistencia oficial para el
desarrollo anunciados por varios países desarrollados
en la Conferencia Internacional sobre la Financiación
para el Desarrollo. Instar a los países desarrollados
que aún no lo hayan hecho a tomar medidas concretas
para alcanzar la meta de proporcionar el 0,7%
de su producto nacional bruto como asistencia
oficial para el desarrollo a los países en
desarrollo, y cumplir el compromiso asumido
en relación con esa asistencia con los países
menos adelantados, tal como figura en el párrafo
83 del Programa de Acción en favor de los países
menos adelantados para el decenio 2001-201040
aprobado en Bruselas el 20 de mayo de 2001.
Exhortamos también a los países en desarrollo
a aprovechar los progresos alcanzados y asegurar
que la asistencia oficial para el desarrollo
se utilice eficazmente para ayudar a lograr
las metas y objetivos de desarrollo, de conformidad
con los resultados de la Conferencia Internacional
sobre la Financiación para el Desarrollo. Reconocemos
los esfuerzos de todos los donantes, elogiamos
a los donantes cuyas contribuciones superan
las metas, las alcanzan o están aumentando
hacia su logro, y subrayamos la importancia
de emprender el examen de los medios y plazos
para el logro de las metas y objetivos;
b) Alentar a los países receptores
y a los donantes, así como a las instituciones
internacionales, a aumentar la eficacia y la
eficiencia de la asistencia oficial para el
desarrollo para la eliminación de la pobreza,
el crecimiento económico sostenido y el desarrollo
sostenible. Al respecto, intensificar los esfuerzos
de las instituciones financieras y de desarrollo
multilaterales y bilaterales, de conformidad
con el párrafo 43 del Consenso de Monterrey,
en particular para armonizar sus procedimientos
operacionales con arreglo a las normas más
elevadas, a fin de reducir los costos de las
transacciones y hacer que la entrega y la prestación
de la asistencia oficial para el desarrollo
sea más flexible y más adecuada a las necesidades
de los países en desarrollo, habida cuenta
de las necesidades y objetivos de desarrollo
nacionales con arreglo al principio de la autonomía
de los países receptores, y utilizar marcos
de desarrollo propios de los países en desarrollo
e impulsados por éstos que incorporen estrategias
de reducción de la pobreza, con inclusión de
los documentos de estrategia de lucha contra
la pobreza, como vehículos para la prestación
de la ayuda, a solicitud de los países receptores.
86. Utilizar de manera plena
y eficaz los mecanismos e instituciones financieros
existentes, adoptando en todos los niveles medidas
encaminadas, entre otras cosas, a:
a) Fortalecer los esfuerzos
en curso para reformar la estructura financiera
internacional y promover un sistema transparente,
equitativo e incluyente que pueda asegurar
la participación efectiva de los países en
desarrollo en las instituciones económicas
internacionales y en los procesos de adopción
de decisiones en la materia, así como su participación
efectiva y equitativa en la formulación de
normas y códigos financieros;
b) Promover, entre otras
cosas, medidas en los países de origen y en
los países de destino para mejorar la transparencia
y la información sobre las corrientes financieras,
a fin de contribuir a la estabilidad del entorno
financiero internacional. Son importantes las
medidas, que es preciso considerar, dirigidas
a mitigar los efectos de la variabilidad excesiva
de las corrientes de capital a corto plazo;
c) Esforzarse por asegurar
que los fondos destinados a las organizaciones
y organismos internacionales, cuando proceda,
se suministren de manera oportuna y más segura
y previsible para las actividades, programas
y proyectos de esas organizaciones y organismos
relacionados con el desarrollo sostenible;
d) Alentar al sector privado,
incluidas las empresas transnacionales, las
fundaciones privadas y las instituciones de
la sociedad civil, a que preste asistencia
técnica y financiera a los países en desarrollo;
e) Prestar apoyo a los mecanismos
de financiación de los sectores público/privado
nuevos y existentes para los países en desarrollo
y los países con economías en transición, con
el fin de beneficiar en particular a los pequeños
empresarios y a las pequeñas y medianas empresas
y las empresas de base comunitaria y mejorar
su infraestructura, y al mismo tiempo asegurar
la transparencia y la rendición de cuentas
de tales mecanismos.
87. Acoger con beneplácito la
conclusión satisfactoria y sustancial de la tercera
reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial,
que le permitirá atender las necesidades de financiación
de las nuevas esferas de interés y las existentes
y seguir respondiendo a las necesidades y preocupaciones
de los países receptores, en particular los países
en desarrollo, y seguir alentando al Fondo para
el Medio Ambiente a movilizar nuevos fondos de
organizaciones públicas y privadas, mejorar la
gestión de los fondos mediante la introducción
de procedimientos más rápidos y racionales y
simplificar el ciclo de aprobación de proyectos.
88. Hallar los medios de generar
fuentes públicas y privadas nuevas e innovadoras
de financiación para el desarrollo, siempre que
esas fuentes no supongan cargas excesivas para
los países en desarrollo, tomando nota de la
propuesta de utilizar asignaciones de derechos
especiales de giro para fines de desarrollo,
según lo expuesto en el párrafo 44 del Consenso
de Monterrey.
89. Reducir la carga insostenible
de la deuda de los países en desarrollo, aplicando,
por ejemplo, medidas de alivio de la carga de
la deuda y, cuando proceda, de condonación de
la deuda, así como otros mecanismos innovadores
encaminados a abordar con amplitud los problemas
de la deuda de los países en desarrollo, en particular
los más pobres y los más endeudados. En consecuencia,
deberían considerarse, cuando proceda, de manera
vigorosa y rápida, medidas de mitigación de la
deuda, incluso en los clubes de París y de Londres
y otros foros pertinentes, a fin de contribuir
a hacer sostenible la deuda y facilitar el desarrollo
sostenible, reconociendo al mismo tiempo que
los deudores y acreedores deben compartir la
responsabilidad de prevenir y resolver situaciones
insostenibles en materia de deuda, y que el alivio
de la carga de la deuda externa puede desempeñar
una función clave en la liberación de recursos
que podrán entonces destinarse a actividades
compatibles con el logro de un crecimiento y
desarrollo sostenibles. Por consiguiente, apoyamos
los párrafos 47 a 51 del Consenso de Monterrey
relacionados con la deuda externa. En los arreglos
de alivio de la deuda se debería tratar de evitar
la imposición de cualquier clase de cargas injustas
a otros países en desarrollo. Debería incrementarse
la utilización del uso de concesiones a los países
más pobres y vulnerables en materia de deuda.
Se alienta a los países a elaborar estrategias
nacionales amplias para supervisar y administrar
sus pasivos externos, como elementos clave para
reducir la vulnerabilidad nacional. Al respecto,
se requieren medidas para:
a) Poner en práctica de manera
plena y con celeridad y eficacia la iniciativa
reforzada a favor de los países pobres muy
endeudados, que se debería financiar en su
totalidad con recursos adicionales, contemplando,
según corresponda, medidas adecuadas para afrontar
cualquier cambio fundamental en las circunstancias
económicas de los países en desarrollo para
los cuales resulte insostenible la carga de
la deuda a causa de catástrofes naturales,
de grandes conmociones de la relación de intercambio
o de conflictos, teniendo en cuenta las iniciativas
que se han formulado para reducir el nivel
de endeudamiento;
b) Alentar la participación
en la iniciativa en favor de los países pobres
muy endeudados de todos los acreedores que
aún no lo hayan hecho;
c) Reunir a los deudores
y acreedores internacionales en los foros internacionales
pertinentes para reestructurar la deuda insostenible
de manera oportuna y eficaz, teniendo en cuenta
la necesidad de lograr que el sector privado
participe en la resolución de las crisis debidas
al endeudamiento cuando resulte apropiado;
d) Reconocer los problemas
relativos a la sostenibilidad de la deuda de
algunos países de bajos ingresos que no sean
países pobres muy endeudados, en particular
los que hagan frente a circunstancias excepcionales;
e) Alentar la búsqueda de
mecanismos innovadores para abordar de manera
amplia los problemas de la deuda de los países
en desarrollo, con inclusión de los países
de medianos ingresos y los países con economías
en transición. Esos mecanismos pueden incluir
canjes de deuda por financiación del desarrollo
sostenible;
f) Alentar a los países donantes
a adoptar medidas para asegurar que los recursos
de asistencia oficial para el desarrollo destinados
a los países en desarrollo.
90. Reconociendo el importante
papel que puede desempeñar el comercio en el
logro del desarrollo sostenible y en la eliminación
de la pobreza, alentamos a los miembros de la
Organización Mundial del Comercio (OMC) a que
cumplan el programa de trabajo convenido en su
Cuarta Conferencia Ministerial. Para ayudar a
los países en desarrollo, en especial a los menos
adelantados, a lograr una participación en el
crecimiento del comercio mundial que sea proporcional
a las necesidades de su desarrollo económico,
instamos a los miembros de la OMC a que adopten
las siguientes medidas:
a) Facilitar el ingreso de
todos los países en desarrollo, especialmente
de los países menos adelantados, y de los países
con economías en transición, que soliciten
su admisión a la OMC, de conformidad con el
Consenso de Monterrey;
b) Apoyar el programa de
trabajo aprobado en la Conferencia Ministerial
de Doha como un importante compromiso de los
países desarrollados y los países en desarrollo
encaminado a incorporar políticas comerciales
apropiadas en sus respectivos programas y políticas
de desarrollo;
c) Aplicar medidas sustanciales
de asistencia técnica y fomento de la capacidad
en relación con el comercio y apoyar el Fondo
Fiduciario Global del Programa de Doha para
el Desarrollo establecido tras la Conferencia
Ministerial de Doha como paso importante para
sentar una base sólida y previsible para la
asistencia técnica y la creación de capacidad
relacionadas con la OMC;
d) Aplicar la nueva estrategia
de cooperación técnica para la creación de
capacidad, el crecimiento y la integración
establecida en la Declaración de Doha;
e) Apoyar plenamente la aplicación
del Marco Integrado para la asistencia técnica
a los países menos adelantados en relación
con el comercio y exhortar a los asociados
para el desarrollo a que aumenten considerablemente
las contribuciones al Fondo Fiduciario del
Marco, de conformidad con la Declaración Ministerial
de Doha.
91. De conformidad con la Declaración
de Doha, y con las decisiones pertinentes adoptadas
en Doha, estamos decididos a adoptar medidas
concretas para abordar las cuestiones y preocupaciones
planteadas por los países en desarrollo respecto
de la aplicación de algunos acuerdos y decisiones
de la OMC, con inclusión de las dificultades
y la limitación de recursos con que tropiezan
para dar cumplimiento a esos acuerdos.
92. Exhortar a los miembros
de la OMC a que cumplan los compromisos contraídos
en la Declaración Ministerial de Doha, sobre
todo en lo que se refiere al acceso a los mercados,
en particular para los productos que interesan
a las exportaciones de los países en desarrollo,
en especial los menos adelantados, aplicando
las siguientes medidas, de conformidad con el
párrafo 45 de la Declaración Ministerial de Doha:
a) Examinar todas las disposiciones
sobre trato especial y diferencial con miras
a reforzarlas y hacerlas más precisas, eficaces
y operacionales, de conformidad con el párrafo
44 de la Declaración Ministerial de Doha;
b) Procurar reducir o, cuando
proceda, eliminar los aranceles sobre los productos
no agrícolas, incluso los aranceles máximos,
los aranceles elevados y el aumento progresivo
de aranceles, así como los obstáculos no arancelarios,
en particular sobre los productos que interesan
a las exportaciones de los países en desarrollo.
La inclusión de productos debería ser amplia
y sin exclusiones a priori. En las negociaciones
deberán tenerse plenamente en cuenta las necesidades
e intereses especiales de los países en desarrollo
y los países menos adelantados, incluso incorporando
una reciprocidad que no sea total en los compromisos
de reducción, de conformidad con la Declaración
Ministerial de Doha;
c) Dar cumplimiento, sin
prejuzgar el resultado de las negociaciones,
al compromiso de celebrar negociaciones amplias,
iniciadas con arreglo al artículo 20 del Acuerdo
sobre la Agricultura a que se hace referencia
en la Declaración Ministerial de Doha41,
con el objeto de lograr mejoras sustanciales
en el acceso a los mercados, reducción de todos
los tipos de subvenciones a la exportación,
con miras a su eliminación gradual y total,
así como reducciones sustanciales en las medidas
de ayuda interna que distorsionan el comercio,
y acordando al mismo tiempo que las disposiciones
que prevén un trato especial y diferenciados
para los países en desarrollo deben ser parte
integral de todos los elementos de las negociaciones
y deben incorporarse a las listas de concesiones
y compromisos y, según proceda, a las normas
y disciplinas que serán objeto de negociación,
de forma que tengan eficacia operacional y
permitan a los países en desarrollo tener en
cuenta de manera efectiva sus necesidades de
desarrollo, con inclusión de la seguridad alimentaria
y el desarrollo rural. Tomar nota de las cuestiones
no relacionadas con el comercio, que se reflejan
en las propuestas de negociación presentadas
por miembros de la Organización Mundial del
Comercio y confirmar que las cuestiones no
relacionadas con el comercio se habrán de tener
en cuenta en las negociaciones previstas en
el Acuerdo sobre la Agricultura, de conformidad
con la Declaración Ministerial de Doha.
93. Dirigir un llamamiento a
los países desarrollados que aún no lo hayan
hecho para que procuren lograr el objetivo de
un acceso libre de derechos y de contingentes
para las exportaciones de los países menos adelantados,
según lo previsto en el Programa de Acción en
favor de los países menos adelantados para el
decenio 2001-2010.
94. Comprometerse a ejecutar
activamente el programa de trabajo de la Organización
Mundial del Comercio para considerar las cuestiones
y preocupaciones relacionadas con el comercio
que afecten a la integración más completa de
las economías pequeñas y vulnerables en el sistema
de comercio multilateral, de manera compatible
con sus circunstancias especiales y en apoyo
de los esfuerzos que realizan para lograr el
desarrollo sostenible, de conformidad con el
párrafo 35 de la Declaración de Doha.
95. Aumentar la capacidad de
los países que dependen de los productos básicos
de diversificar sus exportaciones mediante, entre
otras cosas, la asistencia técnica y financiera,
asistencia internacional para la diversificación
económica y la gestión sostenibles de los recursos,
y abordar la cuestión de la inestabilidad de
los precios de los productos básicos y el deterioro
de la relación de intercambio y, al mismo tiempo,
fortalecer las actividades comprendidas en la
segunda cuenta del Fondo Común para los Productos
Básicos dirigidas a apoyar el desarrollo sostenible.
96. Aumentar los beneficios
derivados de la liberalización del comercio para
los países en desarrollo y los países con economías
en transición, en particular mediante asociaciones
de carácter público y privado y entre otras cosas,
medidas a todos los niveles que incluyan la prestación
de apoyo financiero a los países en desarrollo
para la asistencia técnica, el desarrollo de
tecnologías y la creación de capacidad, con objeto
de:
a) Mejorar la infraestructura
comercial y reforzar las instituciones;
b) Incrementar la capacidad
de los países en desarrollo de diversificar
y aumentar las exportaciones para hacer frente
a la inestabilidad en los precios de los productos
básicos y el empeoramiento de la relación de
intercambio;
c) Incrementar el valor añadido
de las exportaciones de los países en desarrollo.
97. Seguir aumentando el apoyo
mutuo del comercio, el medio ambiente y el desarrollo,
con miras a lograr el desarrollo sostenible,
mediante la adopción de medidas en todos los
niveles para:
a) Alentar al Comité de Comercio
y Medio Ambiente y al Comité de Comercio y
Desarrollo de la OMC a que, dentro de sus respectivos
mandatos, actúen, como foro para determinar
y discutir los aspectos de las negociaciones
relacionados con el desarrollo y el medio ambiente,
con el fin de ayudar a lograr un resultado
que beneficie al desarrollo sostenible, de
acuerdo con los compromisos contraídos en virtud
de la Declaración Ministerial de Doha;
b) Apoyar la terminación
del programa de trabajo de la Declaración Ministerial
de Doha sobre subvenciones a fin de promover
el desarrollo sostenible, y mejorar el medio
ambiente y alentar la reforma de los subsidios
que tengan efectos negativos considerables
sobre el medio ambiente y sean incompatibles
con el desarrollo sostenible;
c) Alentar los esfuerzos
para promover la cooperación sobre el comercio,
el medio ambiente y el desarrollo, incluso
en la esfera del suministro de asistencia técnica
a los países en desarrollo, entre las secretarías
de la OMC, la UNCTAD, el PNUD, el PNUMA y otras
organizaciones internacionales y regionales
pertinentes en relación con el medio ambiente
y el desarrollo;
d) Alentar el uso voluntario
de evaluaciones del impacto ambiental a nivel
nacional, como instrumento importante para
determinar mejor los vínculos existentes entre
el comercio, el medio ambiente y el desarrollo.
Seguir alentando a los países y organizaciones
internacionales con experiencia en esa esfera
a proporcionar asistencia técnica a los países
en desarrollo para esos fines.
98. Promover el apoyo mutuo
entre el sistema de comercio multilateral y los
acuerdos multilaterales sobre medio ambiente,
de acuerdo con los objetivos de desarrollo sostenible
y en apoyo del programa de trabajo convenido
por conducto de la OMC, reconociendo a la vez
la importancia de mantener la integridad de ambos
grupos de instrumentos.
99. Complementar y apoyar la
Declaración Ministerial de Doha y el Consenso
de Monterrey mediante la adopción de nuevas medidas
en los planos nacional, regional e internacional,
incluso mediante asociaciones público-privadas,
para aumentar los beneficios, en particular para
los países en desarrollo y para los países con
economías en transición, de la liberalización
del comercio mediante, entre otras cosas, la
adopción de medidas a todos los niveles para:
a) Establecer y fortalecer
los acuerdos y medidas de cooperación existentes
con arreglo al sistema de comercio multilateral
con miras a lograr el desarrollo sostenible;
b) Apoyar las iniciativas
voluntarias compatibles con la OMC basadas
en los mercados para la creación y expansión
de los mercados internos e internacionales
de mercancías y servicios no perjudiciales
para el medio ambiente, con inclusión de los
productos orgánicos que maximicen los beneficios
ecológicos y de desarrollo mediante, entre
otras cosas, el fomento de la capacidad y la
asistencia técnica a los países en desarrollo;
c) Apoyar medidas para simplificar
y dar mayor transparencia a las reglamentaciones
y procedimientos internos que afecten al comercio
a fin de ayudar a los exportadores, en particular
los de los países en desarrollo.
100. Abordar los problemas de
salud pública que afectan a muchos países en
desarrollo y países menos adelantados, especialmente
los resultantes del VIH/SIDA, la tuberculosis,
el paludismo y otras enfermedades epidémicas,
tomando nota al mismo tiempo de la importancia
de la Declaración de Doha sobre el Acuerdo sobre
los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados
con el Comercio (Acuerdo sobre la ADPIC) y la
salud pública42,
en el cual se acordó que dicho Acuerdo no impide
ni debe impedir la adopción por los miembros
de la OMC de medidas para la protección de la
salud pública. En consecuencia, al tiempo que
reiteramos nuestra adhesión al Acuerdo sobre
los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados
con el Comercio, reafirmamos que el Acuerdo puede
y debe interpretarse y aplicarse de modo tal
que apoye el derecho de los miembros de la OMC
a proteger la salud pública y, en particular,
a promover el acceso de todas las personas a
los medicamentos.
101. Los Estados deben cooperar
para promover un sistema económico internacional
abierto, que preste apoyo y que conduzca al crecimiento
económico y al desarrollo sostenible de todos
los países y que aborde de la mejor manera posible
los problemas del deterioro del medio ambiente.
Las medidas de política comercial para fines
relacionados con el medio ambiente no deben constituir
un medio de discriminación arbitraria o injustificable
ni una restricción encubierta del comercio internacional.
Deben evitarse las medidas unilaterales para
hacer frente a los problemas ambientales fuera
de la jurisdicción del país importador. Las medidas
ambientales relativas a los problemas ecológicos
transfronterizos o mundiales deben, en la medida
de lo posible, basarse en un consenso internacional.
102. Adoptar medidas con miras
a evitar toda medida unilateral que no sea conforme
con el derecho internacional y la Carta de las
Naciones Unidas y que obstaculice el logro pleno
del desarrollo económico y social por la población
de los países afectados, en particular las mujeres
y los niños, que atente contra su bienestar y
que cree obstáculos al pleno disfrute de sus
derechos humanos, incluido el derecho de todos
a un nivel de vida adecuado para su salud y su
bienestar y el derecho a los alimentos, la atención
médica y los servicios sociales necesarios, y
abstenerse de esas medidas. Garantizar que los
alimentos y los medicamentos no se utilicen como
instrumentos de presión política.
103. Adoptar nuevas medidas
eficaces para eliminar los obstáculos a la realización
del derecho de los pueblos a la libre determinación,
en particular de los pueblos que viven bajo la
ocupación colonial y extranjera, que continúan
afectando adversamente su desarrollo económico
y social y son incompatibles con la dignidad
y el valor de la persona humana y deben combatirse
y eliminarse. Debe protegerse a las poblaciones
sujetas a la ocupación extranjera de conformidad
con las disposiciones del derecho humanitario
internacional.
104. Con arreglo a la Declaración
sobre los principios de derecho internacional
referentes a las relaciones de amistad y a la
cooperación entre los Estados de conformidad
con la Carta de las Naciones Unidas43 no
se entenderá que esto autoriza o alienta ninguna
acción encaminada a desmembrar o menoscabar,
total o parcialmente, la integridad territorial
o la unidad política de Estados soberanos e independientes
que actúen de conformidad con el principio de
la igualdad de derechos y la libre determinación
de los pueblos y que, por lo tanto, posean un
gobierno que represente a toda la población del
territorio sin distinción alguna.
* * *
105. Promover, facilitar y financiar, según proceda,
el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales
y los conocimientos especializados correspondientes,
así como su desarrollo, transferencia y difusión,
en particular a los países en desarrollo y a
los países con economías en transición, en condiciones
favorables, inclusive en condiciones de favor
y preferenciales, según arreglos mutuamente convenidos,
como establece el capítulo 34 del Programa 21,
incluso adoptando con carácter urgente medidas
a todos los niveles para:
a) Proporcionar información
de manera más eficaz;
b) Fomentar la capacidad
institucional existente en los países en desarrollo
para mejorar su acceso al desarrollo, la transferencia
y la difusión de tecnologías ecológicamente
racionales y los conocimientos especializados
correspondientes;
c) Facilitar evaluaciones
de las necesidades en materia de tecnología
impulsadas por los propios países;
d) Establecer marcos jurídicos
y reglamentarios en los países proveedores
y receptores que agilicen la transferencia
de tecnologías ecológicamente racionales por
parte de los sectores público y privado de
una manera eficiente y apoyen su puesta en
práctica;
e) Promover el acceso y la
transferencia de tecnología relacionada con
los sistemas de alerta temprana y los programas
de mitigación para los países en desarrollo
afectados por desastres naturales.
106. Mejorar la transferencia
de tecnologías a los países en desarrollo, particularmente
en los planos bilateral y regional incluso adoptando
medidas urgentes a todos los niveles para:
a) Mejorar la interacción
y la colaboración, las relaciones y redes de
interesados entre las universidades, los centros
de investigación, los organismos gubernamentales
y el sector privado;
b) Desarrollar y fortalecer
las redes de estructuras de apoyo institucional,
como los centros de tecnología y productividad,
las instituciones de investigación, capacitación
y desarrollo y los centros de producción menos
contaminante de ámbito nacional y regional;
c) Crear alianzas conducentes
a la inversión y la transferencia, el desarrollo
y la difusión de la tecnología a fin de asistir
a los países en desarrollo y con economías
en transición en el intercambio de prácticas óptimas
y la promoción de programas de asistencia,
y alentar la colaboración entre las empresas
y los centros de investigación con objeto de
potenciar la productividad agrícola e industrial,
la gestión ambiental y la competitividad;
d) Prestar asistencia a los
países en desarrollo, así como a los países
con economías en transición, para que accedan
a tecnología ecológicamente racional de propiedad
o dominio público, así como a los conocimientos
disponibles en el ámbito público sobre ciencia
y tecnología, y para que accedan a los conocimientos
especializados y las competencias necesarias
para poder hacer un uso independiente de esos
conocimientos con miras a la consecución de
sus objetivos de desarrollo;
e) Apoyar los mecanismos
existentes y, según proceda, establecer nuevos
mecanismos para el desarrollo, la transferencia
y la difusión de tecnologías ecológicamente
racionales a los países en desarrollo y con
economías en transición.
* * *
107. Ayudar a los países en desarrollo en el fomento
de la capacidad para que tengan acceso a un mayor
número de programas de investigación y desarrollo
multilaterales y mundiales. En este sentido, fortalecer,
y según proceda, crear centros para el desarrollo
sostenible en los países en desarrollo.
108. Fomentar la capacidad
científica y tecnológica al servicio del desarrollo
sostenible, con iniciativas para mejorar la colaboración
y las alianzas sobre investigación y desarrollo
y su generalización entre los centros de investigación,
las universidades, el sector privado, los gobiernos,
las organizaciones no gubernamentales y las redes,
así como entre científicos y académicos de los
países desarrollados y en desarrollo y, en este
contexto, alentar el establecimiento de contactos
con centros de excelencia científica en los países
en desarrollo y entre esos centros.
109. Mejorar la formulación
de políticas y la adopción de decisiones a todos
los niveles, entre otras cosas, estrechando la
colaboración entre científicos de ciencias naturales
y sociales, así como entre científicos y responsables
políticos incluso adoptando medidas urgentes
a todos los niveles para:
a) Incrementar el uso de
la tecnología y los conocimientos científicos
e incrementar el uso beneficioso de los conocimientos
locales y autóctonos de manera que se respete
a los depositarios de esos conocimientos y
de conformidad con la legislación nacional;
b) Recurrir en mayor medida
a las evaluaciones científicas integradas,
las evaluaciones de riesgos y los planteamientos
interdisciplinarios e intersectoriales;
c) Continuar el apoyo y la
colaboración con las evaluaciones científicas
internacionales que favorecen la adopción de
decisiones, en particular el Grupo Intergubernamental
de Expertos sobre el Cambio Climático, con
la amplia participación de expertos de los
países en desarrollo;
d) Prestar asistencia a los
países en desarrollo en la elaboración y aplicación
de políticas científicas y tecnológicas;
e) Forjar alianzas entre
las instituciones científicas, públicas y privadas
e integrar el asesoramiento de científicos
en los procesos de adopción de decisiones a
fin de afianzar el papel de la ciencia, el
desarrollo tecnológico y los sectores técnicos;
f) Promover y mejorar la
adopción de decisiones con base científica
y reafirmar el criterio de precaución establecido
en el principio 15 de la Declaración de Río
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que
dice:
"Con el fin de proteger
el medio ambiente, los Estados deberán aplicar
ampliamente el criterio de precaución conforme
a sus capacidades. Cuando haya peligro de
daño grave o irreversible, la falta de certeza
científica absoluta no deberá utilizarse
como razón para postergar la adopción de
medidas eficaces en función de los costos
para impedir la degradación del medio ambiente."
110. Ayudar a los países en
desarrollo, valiéndose de la cooperación internacional,
a fomentar su capacidad para abordar cuestiones
relativas a la protección del medio ambiente
y en la formulación y aplicación de políticas
para la ordenación y protección del medio ambiente,
incluso adoptando medidas urgentes a todos los
niveles para:
a) Mejorar el uso de la ciencia
y la tecnología en relación con la supervisión
del medio ambiente, los modelos de evaluación,
las bases de datos precisas y los sistemas
de información integrados;
b) Promover y, según proceda,
mejorar el uso de los satélites con miras a
la recopilación, verificación y actualización
de datos fidedignos y perfeccionar las observaciones
desde el aire y desde tierra, en apoyo de su
empeño por obtener datos de calidad, exactos,
a largo plazo, coherentes y fiables;
c) Establecer y, según proceda,
consolidar servicios estadísticos nacionales
capaces de aportar datos fidedignos sobre la
educación científica y las actividades de investigación
y desarrollo, que son necesarios para formular
políticas científicas y tecnológicas eficaces.
111. Establecer vías de comunicación
regulares entre los encargados de la formulación
de políticas y la comunidad científica para solicitar
y recibir asesoramiento científico y tecnológico
con miras a la ejecución del Programa 21, y crear
o reforzar a todos los niveles redes científicas
y educativas para el desarrollo sostenible con
el propósito de intercambiar conocimientos, experiencias
y prácticas óptimas, además de fomentar la capacidad
científica, especialmente en los países en desarrollo.
112. Utilizar las tecnologías
de la información y las comunicaciones, cuando
proceda, como instrumentos para aumentar la frecuencia
de la comunicación y el intercambio de experiencias
y conocimientos, y mejorar la calidad de la tecnología
de la información y las comunicaciones y el acceso
a ella en todos los países, sobre la base de
la labor realizada por el Grupo de Tareas de
las Naciones Unidas sobre tecnología de la información
y las comunicaciones y los trabajos de otros
foros internacionales y regionales pertinentes.
113. Apoyar a las entidades
de investigación y desarrollo financiadas con
fondos públicos para que forjen alianzas estratégicas
que potencien la investigación y el desarrollo
de tecnologías de producción y productos menos
contaminantes mediante, entre otras cosas, la
movilización de recursos financieros y técnicos
de todas las fuentes, incluso recursos nuevos
y adicionales, y fomentar la transferencia y
la difusión de esas tecnologías, en particular
a los países en desarrollo.
114. Examinar las cuestiones
de interés público mundial mediante seminarios
abiertos, transparentes e inclusivos para promover
una mejor comprensión de tales cuestiones por
parte del público.
115. Decidimos también adoptar
medidas concertadas contra el terrorismo internacional,
que crea obstáculos graves para el desarrollo
sostenible.
* * *
116. La enseñanza es de importancia crítica para
promover el desarrollo sostenible. Por consiguiente,
es esencial movilizar los recursos necesarios,
incluidos recursos financieros en todos los planos,
de donantes bilaterales y multilaterales, entre
otros el Banco Mundial y los bancos regionales
de desarrollo, la sociedad civil y las fundaciones,
con objeto de complementar los esfuerzos de los
gobiernos nacionales en la consecución de los
objetivos y las medidas siguientes:
a) Alcanzar el objetivo de
desarrollo del Milenio de lograr la universalidad
de la enseñanza primaria, de modo que para
2015 los niños y las niñas de todo el mundo
puedan culminar un ciclo completo de enseñanza
primaria;
b) Brindar a todos los niños,
en particular los que viven en zonas rurales
y los que están sumidos en la pobreza, y sobre
todo a las niñas, la posibilidad de completar
el ciclo completo de enseñanza primaria.
117. Prestar asistencia financiera
y apoyo a la enseñanza, la investigación, los
programas de sensibilización del público y las
instituciones de desarrollo en los países en
desarrollo y con economías en transición, a fin
de:
a) Respaldar sus infraestructuras
y programas educativos, en particular los relativos
a la educación sobre medio ambiente y salud
pública;
b) Estudiar la manera de
evitar las frecuentes y graves limitaciones
financieras que afrontan numerosas instituciones
de enseñanza superior, incluidas las universidades
de todo el mundo, especialmente en los países
en desarrollo y con economías en transición.
118. Encarar los efectos del
VIH/SIDA en el sistema educativo en los países
gravemente afectados por la pandemia.
119. Asignar recursos nacionales
e internacionales a la enseñanza básica, conforme
lo propuesto en el Marco de Acción de Dakar sobre
Educación para Todos, y a una mejor integración
del desarrollo sostenible en la educación y los
programas de desarrollo bilaterales y multilaterales,
y mejorar la integración entre las actividades
de investigación y desarrollo financiadas por
el sector público y los programas de desarrollo.
120. Erradicar la disparidad
entre los géneros en la enseñanza primaria y
secundaria para 2005, tal como se prevé en el
Marco de Acción de Dakar sobre Educación para
Todos, y en todos los niveles de enseñanza a
más tardar en 2015, a fin de cumplir los objetivos
de desarrollo de la Declaración del Milenio,
con medidas encaminadas a garantizar, entre otras
cosas, la igualdad de acceso a todos los niveles
y formas de la enseñanza, la formación y el fomento
de la capacidad por medio de la incorporación
de la perspectiva de género y la creación de
un sistema educativo que tenga en cuenta las
cuestiones de género.
121. Integrar el desarrollo
sostenible en los sistemas de enseñanza a todos
los niveles a fin de promover el papel de la
educación como agente clave del cambio.
122. Elaborar, aplicar, supervisar
y examinar planes de acción y programas de educación
en los planos nacional, subnacional y local,
según proceda, que se ajusten al Marco de Acción
de Dakar sobre Educación para Todos y se adapten
a las condiciones y necesidades locales con miras
a lograr el desarrollo de la comunidad, e integrar
en dichos planes la educación en pro del desarrollo
sostenible.
123. Ofrecer a todos los integrantes
de la comunidad un gran abanico de posibilidades
en materia de enseñanza permanente académica
y no académica, en particular programas voluntarios
para la comunidad, con objeto de acabar con el
analfabetismo y subrayar la importancia del aprendizaje
permanente y promover el desarrollo sostenible.
124. Apoyar el uso de la educación
para promover el desarrollo sostenible mediante,
entre otras cosas, la adopción de medidas urgentes
en todos los planos para:
a) Integrar la tecnología
de la información y las comunicaciones en la
elaboración de planes de estudios para garantizar
su disponibilidad en las comunidades urbanas
y rurales y prestar asistencia, especialmente
a los países en desarrollo, para, entre otras
cosas, crear las condiciones propicias que
requiere dicha tecnología;
b) Promover, según proceda,
un mayor acceso, en condiciones asequibles,
a programas para estudiantes, investigadores
e ingenieros de los países en desarrollo en
las universidades y centros de investigación
de los países desarrollados, a fin de favorecer
un intercambio de experiencias y capacidad
que redunde en beneficio de todas las partes;
c) Seguir poniendo en práctica
el programa de trabajo sobre educación para
el desarrollo sostenible de la Comisión sobre
el Desarrollo Sostenible;
d) Recomendar a la Asamblea
General de las Naciones Unidas que considere
la posibilidad de proclamar un decenio de la
educación para el desarrollo sostenible a partir
de 2005.
* * *
125. Fortalecer y acelerar las iniciativas de creación
de capacidad humana, institucional y de infraestructura
y, a ese respecto, promover asociaciones que respondan
a las necesidades concretas de los países en desarrollo
en el contexto del desarrollo sostenible.
126. Apoyar las iniciativas
locales, nacionales, subregionales y regionales,
con medidas destinadas a desarrollar, utilizar
y adaptar los conocimientos y las técnicas y
afianzar los centros de excelencia de educación,
investigación y capacitación en los planos local,
nacional, subregional y regional para reforzar
la capacidad de adquirir conocimientos en los
países en desarrollo y con economías en transición
mediante, entre otras cosas, la movilización
de recursos financieros y de otra índole suficientes,
de todas las fuentes, incluso recursos nuevos
y adicionales.
127. Prestar asistencia técnica
y financiera a los países en desarrollo y, en
especial, fortalecer las medidas de fomento de
la capacidad, como el programa Capacidad 21 del
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
para:
a) Evaluar sus propias necesidades
y posibilidades de fomento de la capacidad
en los planos personal, institucional y social;
b) Diseñar programas de fomento
de la capacidad y apoyar programas locales,
nacionales y comunitarios que se centren en
una respuesta más eficaz a los retos de la
globalización y en el logro de los objetivos
de desarrollo convenidos a nivel internacional,
en particular los de la Declaración del Milenio;
c) Desarrollar la capacidad
de la sociedad civil, en particular de la juventud,
para que participe, según proceda, en la formulación,
la aplicación y el examen de políticas y estrategias
de desarrollo sostenible en todos los niveles;
d) Crear y, según proceda,
fortalecer los mecanismos nacionales para poner
eficazmente en práctica el Programa 21.
* * *
128. Garantizar el acceso a
nivel nacional a la información ambiental y las
actuaciones judiciales y administrativas en asuntos
del medio ambiente, así como la participación
del público en la adopción de decisiones de modo
de impulsar la aplicación del principio 10 de
la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente
y el Desarrollo, teniendo plenamente presentes
los principios 5, 7 y 11 de esa Declaración.
129. Mejorar la información
nacional y regional y los servicios estadísticos
y analíticos de interés para las políticas y
los programas de desarrollo sostenible, en particular
los datos desglosados por sexo, edad y otros
factores, y alentar a los donantes a que presten
apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo
para aumentar su capacidad de formular políticas
y ejecutar programas de desarrollo sostenible.
130. Alentar el incremento de
la labor emprendida por los países en el plano
nacional sobre los indicadores del desarrollo
sostenible, incluida la integración de los aspectos
de género, con carácter voluntario, de acuerdo
con las condiciones y prioridades nacionales.
131. Promover la continuación
de la labor emprendida sobre los indicadores,
de conformidad con el párrafo 3 de la decisión
9/4 de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible44 .
132. Promover el desarrollo
y la utilización más amplia de las tecnologías
de observación de la Tierra, incluidos la teleobservación
desde satélites, el levantamiento de mapas mundiales
y los sistemas de información geográfica, para
recopilar datos de alta calidad sobre las repercusiones
ambientales, el uso de la tierra y los cambios
en dicho uso, mediante, entre otras cosas, la
adopción de medidas urgentes en todos los planos
encaminadas a:
a) Impulsar la cooperación
y coordinación entre los sistemas de observación
y los programas de investigación mundiales
con miras a la integración de las observaciones
mundiales, teniendo en cuenta la necesidad
de aumentar la capacidad y de intercambiar
entre todos los países los datos procedentes
de las observaciones terrestres, la teleobservación
desde satélites y otras fuentes;
b) Desarrollar sistemas de
información que permitan el intercambio de
datos valiosos, en particular el intercambio
activo de datos de observación de la Tierra;
c) Alentar las iniciativas
y asociaciones para el levantamiento de mapas
mundiales.
133. Apoyar a los países, especialmente
a los países en desarrollo, en sus esfuerzos
nacionales encaminados a:
a) Obtener datos exactos,
a largo plazo, coherentes y fiables;
b) Utilizar los satélites
y la tecnología de teleobservación con miras
a la recopilación de datos y el perfeccionamiento
de las observaciones terrestres;
c) Acceder a la información
geográfica, analizarla y utilizarla mediante
las tecnologías de teleobservación desde satélites,
los sistemas de posicionamiento mundial por
satélite, el levantamiento de mapas y los sistemas
de información geográfica.
134. Apoyar la labor dirigida
a prevenir y mitigar las consecuencias de los
desastres naturales, entre otras cosas, con medidas
urgentes en todos los niveles encaminadas a:
a) Ofrecer fácil acceso a
la información relativa a los desastres a los
efectos de la alerta temprana;
b) Convertir los datos disponibles,
en particular los provenientes de los sistemas
mundiales de observación meteorológica, en
productos oportunos y útiles.
135. Seguir desarrollando las
evaluaciones del impacto ambiental y promover
su aplicación más amplia, entre otras cosas,
como un instrumento nacional, según proceda,
para suministrar información esencial de apoyo
para la adopción de decisiones sobre proyectos
que puedan tener importantes efectos adversos
sobre el medio ambiente.
136. Promover y seguir desarrollando
metodologías normativas, estratégicas y de proyectos
para la adopción de decisiones relativas al desarrollo
sostenible en los planos local y nacional y,
cuando proceda, en el plano regional. A ese respecto,
destacar que la elección de la metodología apropiada
que se ha de aplicar en los países deberá estar
en consonancia con las condiciones y circunstancias
de cada país, tener carácter voluntario y ajustarse
a las necesidades prioritarias en materia de
desarrollo.
________________________
39 A/CONF.192/13.
40 A/CONF.191/11.
41 A/C.2/56/2
anexo, párrs. 13 y 14.
42 Ibíd.,
párrs. 17 a 19.
43 Resolución
2625 (XXV) de la Asamblea General, anexo.
44 ³Õéa²õ±ð Documentos
Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001,
Suplemento No. 9 (E/2001/29), cap. I.B. |