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Programa 21: Capítulo 37

37. MECANISMOS NACIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL 
PARA AUMENTAR LA CAPACIDAD NACIONAL EN LOS PAÍSES EN DESARROLLO

ÁREA DE PROGRAMAS

Bases para la acción

37.1. La capacidad de un país de lograr un desarrollo sostenible depende en gran medida de la capacidad de su población y sus instituciones, así como de sus condiciones ecológicas y geográficas. En concreto, el aumento de la capacidad abarca el potencial humano, científico, tecnológico, organizativo, institucional y de recursos del país. Uno de los objetivos fundamentales del aumento de la capacidad es fortalecer la capacidad de evaluar y abordar cuestiones de capital importancia relacionadas con las opciones de política y las modalidades de ejecución de las opciones de desarrollo, lo que entraña comprender las posibilidades y limitaciones del medio ambiente y las necesidades que la población del país de que se trate considere como propias. En consecuencia, todos los países tienen necesidad de fortalecer su capacidad nacional.

37.2. El aumento de la capacidad endógena de ejecutar el Programa 21 exigirá un esfuerzo por parte de los propios países en cooperación con las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y con los países desarrollados. La comunidad internacional, en los planos nacional, subregional y regional, así como de las municipalidades, las organizaciones no gubernamentales, las universidades y centros de investigación y las empresas y otras instituciones y organizaciones privadas, también podría prestar asistencia en este empeño. Es esencial que cada país determine sus prioridades, así como los medios para aumentar su capacidad de ejecutar el Programa 21, teniendo en cuenta sus necesidades ambientales y económicas. Los conocimientos prácticos, especializados y técnicos a nivel individual e institucional son necesarios para el desarrollo de las instituciones, el análisis de políticas y la ordenación del desarrollo, incluida la evaluación de modalidades de acción alternativas con miras a mejorar el acceso a la tecnología y la transferencia de ésta y a fomentar el desarrollo económico. La cooperación técnica, incluida la que se refiere a la transferencia de tecnología y a los conocimientos técnicos, abarca toda una serie de actividades encaminadas a desarrollar o fortalecer las capacidades individuales y de grupo. Debería utilizarse para aumentar la capacidad a largo plazo y debería ser administrada y coordinada por los propios países. La cooperación técnica, incluida la que se relaciona con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, es efectiva únicamente cuando se vincula desde su origen a las estrategias y prioridades en materia de medio ambiente y desarrollo que tiene cada país y cuando los organismos de desarrollo y los gobiernos definen políticas y procedimientos mejores y más coherentes para prestar apoyo a ese proceso.

Objetivos

37.3. Los objetivos generales del aumento de la capacidad endógena en esta área de programas son desarrollar y mejorar las capacidades nacionales y las capacidades subregionales y regionales conexas de desarrollo sostenible, con la participación de los sectores no gubernamentales. El programa podría prestar asistencia mediante las actividades siguientes:

a) La puesta en marcha de un proceso constante de participación para determinar las necesidades y prioridades de los países en relación con el fomento del Programa 21 y para asignar importancia al desarrollo de los recursos humanos técnicos y profesionales y al desarrollo de las capacidades e infraestructuras institucionales que figuren en el programa de los países, habida cuenta del potencial para el uso óptimo de los recursos humanos existentes, así como el mejoramiento de la eficacia de las instituciones existentes y de las organizaciones no gubernamentales, incluidas las instituciones científicas y tecnológicas;

b) La reorientación, con una nueva determinación de prioridades, de la cooperación técnica, incluida la relacionada con el proceso de transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, prestando atención a las condiciones concretas y a las necesidades específicas de los receptores, al mismo tiempo que se mejora la coordinación entre quienes prestan apoyo a los programas de acción de los propios países. Esta coordinación debería extenderse también a las organizaciones no gubernamentales y a las instituciones científicas y tecnológicas y, en su caso, al comercio y a la industria;

c) La modificación de la perspectiva cronológica de la planificación y la ejecución de los programas, con miras al desarrollo y el fortalecimiento de las estructuras institucionales para mejorar su capacidad de responder a las nuevas cuestiones que se planteen a largo plazo y no sólo a los problemas de carácter inmediato;

d) El mejoramiento y la reorientación de las instituciones internacionales multilaterales existentes que se ocupan de cuestiones relacionadas con el medio ambiente o el desarrollo para asegurar que esas instituciones dispongan del potencial y la capacidad necesarias para integrar el medio ambiente y el desarrollo;

e) El mejoramiento de la capacidad y el potencial institucionales, tanto públicos como privados, para evaluar el impacto ambiental de todos los proyectos de desarrollo.

37.4. Entre los objetivos concretos cabe mencionar los siguientes:

a) Cada país debería procurar tener ultimado, tan pronto como fuera posible y preferiblemente antes de 1994, un examen de sus necesidades relativas al aumento de la capacidad y el potencial para elaborar estrategias nacionales de desarrollo sostenible, incluidas las relacionadas con la preparación y ejecución de su propio programa de acción en relación con el Programa 21;

b) Para 1997, el Secretario General debería presentar a la Asamblea General un informe sobre el mejoramiento de las políticas, los sistemas de coordinación y los procedimientos para fortalecer la ejecución de los programas de cooperación técnica para el desarrollo sostenible y las medidas adicionales necesarias para reforzar esa cooperación. Ese informe debería elaborarse sobre la base de la información proporcionada por los países, las organizaciones internacionales, las instituciones que se ocupan del medio ambiente y del desarrollo, las instituciones donantes y los asociados no gubernamentales.

 Actividades

A) Desarrollo de un consenso nacional y formulación de estrategias de aumento de la capacidad para ejecutar el Programa 21

37.5. En el marco de la planificación general, es importante que todos los países propicien un consenso nacional a todos los niveles de la sociedad en relación con las políticas y los programas necesarios para aumentar a corto y a largo plazo su capacidad de ejecutar la parte que les corresponda del Programa 21. Ese consenso debe ser fruto de un diálogo entre los grupos de intereses pertinentes y debe permitir que se determinen las carencias de conocimientos especializados, las capacidades y los potenciales institucionales y las necesidades tecnológicas, científicas y de recursos a las que es preciso atender para mejorar los conocimientos y la ordenación ambientales a fin de integrar las actividades relativas al medio ambiente y al desarrollo. El PNUD, en colaboración con los organismos especializados pertinentes y otras organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, podría prestar asistencia, a petición de los gobiernos, para determinar las necesidades de cooperación técnica, incluidas las relacionadas con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, y de asistencia para el desarrollo con miras a la ejecución del Programa 21. El proceso de planificación nacional, combinado en su caso con las estrategias o planes de acción nacionales para el desarrollo sostenible, debería proporcionar el marco de esa cooperación y asistencia. El PNUD, debería utilizar y mejorar su red de oficinas exteriores y su amplio mandato para prestar asistencia, basándose en su experiencia en la esfera de la cooperación técnica, para facilitar el aumento de la capacidad en los planos nacional y regional y recurriendo plenamente a la experiencia de otros órganos, en particular el PNUMA, el Banco Mundial y las comisiones y bancos de desarrollo regionales, así como las organizaciones internacionales pertinentes, tanto intergubernamentales como no gubernamentales.

B) Determinación de las fuentes nacionales y formulación de solicitudes de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, en el marco de estrategias sectoriales

37.6. Los países que deseen concertar acuerdos de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, con organizaciones internacionales e instituciones donantes deberían formular solicitudes al respecto en el marco de estrategias a largo plazo encaminadas a aumentar la capacidad de determinados sectores o subsectores. En las estrategias se deberían tener en cuenta, según proceda, los ajustes en las políticas que se habrán de realizar, las cuestiones presupuestarias, la cooperación y coordinación entre las instituciones y las necesidades de recursos humanos, tecnología y equipo científico. Deberían tenerse presentes las necesidades de los sectores público y privado y debería considerarse la posibilidad de fortalecer los programas de capacitación y educación científica y de investigación, incluida la capacitación en los países desarrollados y el fortalecimiento de centros de estudios superiores en los países en desarrollo. Los países podrían designar y fortalecer un órgano central que se encargara de organizar y coordinar la cooperación técnica, que se enmarcaría dentro del proceso de fijación de prioridades y asignación de recursos.

C) Establecimiento de un mecanismo de examen de la cooperación técnica en relación con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos

37.7. Los donantes y receptores, las organizaciones e instituciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones públicas y privadas internacionales deberían examinar el desarrollo del proceso de cooperación en lo tocante a las actividades de cooperación técnica, incluida la relativa a la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, vinculadas al desarrollo sostenible. Para facilitar ese proceso, y teniendo en cuenta la labor realizada por el PNUD y otras organizaciones en preparación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el Secretario General podría celebrar consultas con los países en desarrollo, las organizaciones regionales, las organizaciones e instituciones del sistema de las Naciones Unidas, incluidas las comisiones regionales, y los organismos multilaterales y bilaterales que se ocupan de la ayuda y del medio ambiente, con miras a seguir fortaleciendo la capacidad endógena de los países y mejorar el proceso de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos. El examen debería incluir los siguientes aspectos:

a) La evaluación de la capacidad y el potencial existentes para la ordenación integrada del medio ambiente y el desarrollo, incluidos el potencial y la capacidad técnicos, tecnológicos e institucionales, así como los servicios para evaluar el impacto ambiental de los proyectos de desarrollo; y la evaluación de la capacidad de atender a las necesidades de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, del Programa 21 y de las convenciones mundiales relativas al cambio climático y a la diversidad biológica y de actuar en consonancia con esas necesidades;

b) La evaluación del modo en que las actividades en curso de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, contribuyen al fortalecimiento y al mejoramiento de la capacidad y el potencial nacionales para la ordenación integrada del medio ambiente y el desarrollo y la evaluación de los medios de mejorar la calidad de la cooperación técnica internacional, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos;

c) Una estrategia para emprender una actuación encaminada al mejoramiento de la capacidad y el potencial en que se reconozca la necesidad de una integración operacional del medio ambiente y el desarrollo con compromisos a más largo plazo y que se base en el conjunto de los programas nacionales establecidos por cada país mediante un proceso de participación;

d) La posibilidad de recurrir con más frecuencia a acuerdos de cooperación a largo plazo entre municipalidades, organizaciones no gubernamentales, universidades, centros de capacitación e investigación, empresas e instituciones públicas y privadas con asociados de otros países o de los mismos países o regiones. A este respecto, se deberían evaluar programas como las redes para un desarrollo sostenible del PNUD;

e) El fortalecimiento de la sostenibilidad de los proyectos, de manera que en el diseño original del proyecto se tengan en cuenta el impacto ambiental, los costos para atender al desarrollo de las instituciones y de los recursos humanos y a las necesidades tanto tecnológicas como financieras y de organización por concepto de ejecución y mantenimiento;

f) El mejoramiento de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos y los procesos de gestión, prestando una mayor atención al aumento de la capacidad y el potencial como parte integrante de las estrategias de desarrollo sostenible para programas de medio ambiente y desarrollo, tanto en los procesos de coordinación de los países, como las reuniones de grupos consultivos y las mesas redondas, como en los mecanismos de coordinación sectorial, a los efectos de que los países en desarrollo puedan intervenir activamente en la obtención de asistencia procedente de diversas fuentes.

d) Intensificación de la contribución técnica y colectiva del sistema de las Naciones Unidas a las iniciativas de aumento de la capacidad y del potencial

D) Intensificación de la contribución técnica y colectiva del sistema de las Naciones Unidas a las iniciativas de aumento de la capacidad y del potencial

37.8. Las organizaciones, órganos e instituciones del sistema de las Naciones Unidas, en colaboración con otras organizaciones internacionales y regionales y los sectores público y privado podrían, según proceda, fortalecer sus actividades conjuntas de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, para abordar cuestiones relacionadas con el tema del medio ambiente y el desarrollo y para fomentar la coherencia y la compatibilidad de las medidas que tomen. Las organizaciones podrían prestar asistencia y apoyo a los países que lo soliciten, particularmente a los países menos adelantados, sobre cuestiones relacionadas con sus políticas nacionales de medio ambiente y desarrollo, el desarrollo de los recursos humanos y el envío de expertos, la legislación, los recursos naturales y los datos sobre el medio ambiente.

37.9. El PNUD, el Banco Mundial y los bancos regionales multilaterales de desarrollo, en el contexto de su participación en los mecanismos nacionales y regionales de coordinación, deberían prestar asistencia para facilitar las actividades de aumento de la capacidad y el potencial en el plano nacional, basándose en la experiencia concreta y en la capacidad operacional del PNUMA en la esfera del medio ambiente, así como de los organismos especializados y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales en sus respectivas esferas de competencia. Para este fin, el PNUD debería movilizar fondos para actividades de aumento de la capacidad y el potencial, valiéndose para ello de su red de oficinas exteriores y de su amplio mandato y experiencia en el ámbito de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos. El PNUD, junto con esas organizaciones internacionales, debería al mismo tiempo continuar desarrollando procesos consultivos para mejorar la movilización y coordinación de fondos de la comunidad internacional para el aumento de la capacidad y el potencial, incluido el establecimiento de una base de datos adecuada. Puede ser necesario que esas funciones adicionales vayan acompañadas de un fortalecimiento de la capacidad del PNUD.

37.10. Con la asistencia de los representantes residentes del PNUD y de los representantes del PNUMA, la entidad nacional encargada de la cooperación técnica debería constituir un pequeño grupo de personas que se encargaran de encauzar el proceso, teniendo especialmente en cuenta las estrategias y prioridades del país. La experiencia obtenida gracias a las actividades de planificación existentes, como los informes nacionales para la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, las estrategias nacionales de conservación y los planes de acción para el medio ambiente, deberían utilizarse plenamente e incorporarse en una estrategia de desarrollo sostenible, impulsada por el propio país y basada en la participación. Ello se complementaría con redes de información y consultas con las organizaciones donantes con objeto de mejorar la coordinación y el acceso al conjunto de conocimientos científicos y técnicos existentes y a la información de que dispongan otras instituciones.

E) Armonización de la prestación de asistencia en el plano regional

37.11. En el plano regional, las organizaciones existentes deberían considerar la conveniencia de mejorar los procesos consultivos y las mesas redondas regionales y subregionales para facilitar el intercambio de datos, información y experiencia con miras a la ejecución del Programa 21. Sobre la base de los resultados de los estudios regionales acerca del aumento de la capacidad que esas organizaciones regionales hayan realizado por iniciativa de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y en colaboración con las organizaciones regionales, subregionales o nacionales existentes que tengan posibilidades de llevar a cabo actividades de coordinación regional, el PNUD debería efectuar una aportación importante con este propósito. El organismo nacional pertinente debería establecer un mecanismo directivo. Con asistencia de las organizaciones regionales pertinentes y la participación de los bancos de desarrollo, los organismos de ayuda bilateral y las organizaciones no gubernamentales, habría que establecer un mecanismo de revisión periódica entre los países de la región. Otra posibilidad es el establecimiento de mecanismos nacionales y regionales de investigación y capacitación, sobre la base de las instituciones regionales y subregionales existentes.

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos

37.12. Los costos de la cooperación técnica bilateral que se presta a los países en desarrollo, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, ascienden a unos 15.000 millones de dólares de los EE.UU., lo que equivale a aproximadamente el 25% del total de la asistencia oficial para el desarrollo. La ejecución del Programa 21 exigirá una utilización más eficaz de esos fondos y financiación adicional para áreas clave.

37.13. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo será de unos 300 a 1.000 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

 

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