51³Ô¹Ï

[Unedited]

Statement by Ms. Aida Gonzalez Martinez,
Chairperson, CEDAW

Twentieth Session of

Committee on

the Elimination of Discrimination against Women (CEDAW)

19 January to 5 February 1999

19 January 1999

 

Sra. Angela King,

Sra. Kristen Timothy,

Queridas colegas y amigas:

Son pocas y me suenan secas las palabras disponibles para expresar el agradecimiento que hoy me invade. Decir muchas gracias es poco, y no refleja mis pensamientos; me siento muy halagada y muy contenta de que me hayan considerado capaz para asumir la presidencia de este Comité, órgano con el que he estado involucrada directa o indirectamente, desde antes de que naciera y a cuya concepción, primero, y su establecimiento y desarrollo, después, dediqué muchas horas tanto de mi trabajo oficial -en las etapas de su diseño y en la negociación de sus términos de referencia- como de mi tiempo personal.

No puedo evitar recordar la difícil negociación que requirieron varias de las disposiciones de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la, aún más difícil, labor de convencimiento a los niveles de mando y decisión (tanto de Naciones Unidas como de los gobiernos) que los grupos de mujeres de muchísimos países debimos realizar para que se aceptara la idea misma de elaborar una Convención de esta naturaleza y, además, hubo necesidad también de "negociar" o lograr convencer a buen número de miembros de la propia Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, sobre el mecanismo de supervisión o de "ejecución", como se le calificó entonces.

El esfuerzo efectuado en todos los niveles, fué muy similar al que llevaron a cabo en 1945 un pequeño grupo de mujeres, la mayoría latinoamericanas, para que se incluyera en la Carta de San Francisco, el principio de la igualdad de los sexos, y posteriormente, para influir en la elaboración misma de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos (que no por ser dos instrumentos, significa que los derechos humanos que ellos consagran tengan diferente jerarquía o valor).

En efecto, así como se argumentó que los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, no podrían considerarse válidos y universales si no consagraban la igualdad entre todos los seres humanos, de igual forma se obtuvo que tanto en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, como en el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales quedara claramente establecido que los derechos en ellos consagrados, habrían de reconocerse a todas las personas sin ninguna discriminación y por ello el Artículo 3 de ambos Pactos, señala el compromiso de los Estados Partes para "garantizar [asegurar] a los hombres y a las mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos [económicos, sociales y culturales, o civiles y políticos] enunciados" en el Pacto correspondiente..

A pesar de que los Pactos así lo consagraron desde 1966, la iniciativa de elaborar una Convención encontró en su momento muchos obstáculos; asimismo, ya en el proceso de elaboración de la Convención misma, primero en la Comisión de la Condición de la Mujer (entre 1974 a 1976) y después en el Grupo de Trabajo de la Tercera Comisión, (de 1977 a 1979) el empuje de quienes apoyaban la propuesta y las actitudes de quienes no favorecían la idea o de aquéllos (los pocos) que estaban abiertamente en contra, provocó que el proyecto tuviera algunas disposiciones truncas (en mi modesta opinión) o que en otras se hubieran aceptado cuestiones que finalmente no eran deseables.

Me explico, las disposiciones truncas, por ejemplo, son las contenidas en los Artículos 5 y 6, que no pudieron contemplar el problema de la violencia contra la mujer a pesar de que se plantearon varias ideas en 1976. La única explicación plausible es que ya desde la Conferencia de 1975, cuando se intentó abordar ese problema, la reacción mayoritaria fué contraria a incluír un tema que, en esas épocas, se consideraba del ámbito privado y cuya existencia no se reconocía. Recordemos que apenas tímidamente, el Plan de Acción Mundial adoptado por la Primera Conferencia de la Mujer en 1975, contiene una disposición que dice que debieran "proporcionarse, cuando sea posible, servicios de asesoría y consejo adecuados a la familia, así como proporcionar personal capaz (mujeres incluídas) a los juzgados o cortes de lo familiar, con el objeto de auxiliar en la solución de las controversias familiares".

En cuanto a las disposiciones que se aceptó incluir en el Proyecto de Convención, en el propósito de lograr terminar su texto, está el Artículo 28 por el que se acepta la presentación de reservas a la Convención, sin establecer una fórmula más claramente restrictiva en lo que toca a alguno de sus Artículos.

Otro ejemplo del costo que tuvieron las presiones por terminar un instrumento internacional o las orientadas a obstaculizar su adopción, son los Artículos 17 y 20, correspondientes al "mecanismo de supervisión" que, a sentir de varios de los miembros de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, debería haber sido un grupo especial integrado por personas electas por la propia Comisión -de entre sus miembros (o sea de los 53 Estados que la conforman)- y de otras personas designadas por los Estados Partes de la Convención que no fueran miembros de la Comisión misma; además de que se le visualizaba como un órgano de la Comisión y no un órgano independiente como es ahora.

Sin embargo, toda esa esforzada negociación y las presiones que se ejercieron por todas las tendencias, no pudieron impedir la aprobación, el 18 de diciembre de 1979, después de cuatro años de trabajo de la Comisión de la Mujer y de la Tercera Comisión de la Asamblea General, mediante la Resolución 34/180 de la Asamblea General. La Convención fué aprobada por 130 votos a favor, ninguno en contra y 11 abstenciones; previamente se votaron por separado:

los párrafos 10 y 11 del Preámbulo (aprobados por 108 votos a favor, 0 en contra y 26 abstenciones).

El párrafo 2 del Artículo 9 (aprobado por 92 votos a favor, 13 en contra y 28 abstenciones), y

el inciso c) del párrafo 1 del Artículo 16 (aprobado por 104 votos a favor, 0 en contra y 32 abstenciones).

La Convención se abrió a la firma y en una ceremonia especial de la Conferencia Mundial de Mitad del Decenio para la Mujer, en Copenhague, fué suscrita el 17 de julio de 1980 por 64 Estados, de los cuales dos presentaron también sus instrumentos de ratificación (Cuba y Guyana).

Una característica que ha sido señalada por los estudiosos del ámbito de los derechos humanos, es que sus disposiciones no sólo se enfocan hacia la acción y responsabilidad del Estado, sino que también se refieren a las acciones de personas físicas o morales.

La responsabilidad que implica el coordinar los trabajos de este Comité de expertos, se aprecia en su verdadera dimensión, si recordamos las tareas que ha llevado a cabo este órgano revisor de la aplicación de un instrumento internacional de derechos humanos, como es la Convención para la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer. No se trata sólo de recibir, leer, y opinar sobre el tipo de información que se presenta por los Estados Partes en sus Informes de cumplimiento conforme al Artículo 18 de la Convención; significa analizar el alcance de las medidas adoptadas por el Estado Parte informante, su verdadero impacto en la condición y vida de las mujeres de ese país a la luz de las políticas y programas de desarrollo político, económico y social del Estado, y en especial del equilibrio que tales políticas y programas guarden en torno a la condición de los varones a fin de identificar, si existe, el grado de discriminación de género que persista en cada país.

Tal responsabilidad, la coordinación de nuestros trabajos, se acrecienta cuando se examinan los logros alcanzados bajo la dirección de otras Presidentas de nuestro Comité, sin cuyo empeño e inteligencia el Comité no se habría desarrollado como hasta ahora lo ha hecho. Esto es especialmente cierto si recordamos los obstáculos y/o problemas que el Comité ha enfrentado desde sus inicios: a) Recursos muy limitados de Secretaría; b) Tiempo de sesiones muy reducido; c) Reservas abiertas o encubiertas a sus disposiciones; y d) práctica invisibilidad de sus labores en los primeros años de su existencia.

Al decir lo anterior, me vienen a la mente los primeros períodos de sesiones del Comité. En el primero, en Viena, por razones diversas, las y el experto miembros del Comité (entonces teníamos de compañero a un varón, de nacionalidad sueca, que fué un excelente experto), nos vimos en la necesidad de trabajar en horarios extendidos, a fin de elaborar el Proyecto de Reglamento, en condiciones muy difíciles: la Secretaría del Comité, entonces en manos del Centro de Desarrollo Social y Humanitario, no contaba sino con dos funcionarias y dos jóvenes asesoras para atender al Comité, que tenían al mismo tiempo otras responsabilidades, por lo que no podían proporcionarnos suficiente asistencia, y menos fuera de las horas normales de sesiones. Así debimos trabajar hasta altas horas de la noche, sin asistencia secretarial siquiera, en unas salitas inhóspitas que después de las 8 de la noche carecían de calefacción. Creo que fué una muy buena experiencia para todas las y el integrante del Comité, toda vez que habíamos decidido que debíamos elaborar primero y ante todo el Reglamento y que dicho documento debía ser producido por el Comité y no por el Secretariado.

En esa tarea, la labor de Desiré Bernard, fué invaluable y, realmente, a ella se debió que hubiéramos logrado cumplir nuestro propósito, ya que no se contentó con desempeñar su papel de Relatora, sino que, como jurisconsulta, aportó toda su experiencia y saber en la estructuración de instrumentos normativos como el que buscábamos elaborar.

El Comité ha tenido la fortuna de contar con excelentes Presidentas. La labor que cumplió Desirée Bernard fué significativa para la participación del Comité en la Conferencia de Nairobi, en la definición del tipo de Informe que el Comité presentaría a la Conferencia, en la preparación y elaboración del propio Informe, documento que todas las expertas tuvimos oportunidad de definir, en el que todas aportamos algo.

La característica prudencia y habilidad negociadora de Desirée Bernard permitió que el Comité lograra reunirse alternativamente en Viena y en Nueva York, cuando se trasladó a Viena el tema y parte del Secretariado y se nos presionó fuertemente (tanto por el Secretariado de Naciones Unidas como por los Estados Miembros so pretexto de racionalidad presupuestal) para que el Comité sesionara permanentemente en Viena. Y aunque la capital austriaca es atrayente y las salas de reuniones del Centro Internacional estaban bien instaladas, consideramos entonces (y estoy segura de que lo seguiríamos considerando igual ahora) que el Comité carecía de visibilidad y accesibilidad para las agrupaciones de mujeres y para muchos países que carecían de Misiones Permanentes en esa ciudad, impidiendo que pudieran atender a los llamados a presentar sus Informes.

Y cómo no agradecer las aportaciones de la Honorable Elizabeth Evatt, quien también aportó su extraordinaria experiencia judicial y que no desaprovechaba ningún momento para vertir en su pequeñísima computadora toda nueva idea que le surgía de alguna reunión informal, de alguna conversación entre nosotras, o que simplemente, ante la carencia de facilidades para trabajar fuera del horario de sesiones, ofrecía su capacidad instalada informática y cuando no se encontraba un espacio en el lobby de su hotel, ofrecía su propia habitación para continuar trabajando y lograr producir mejores resultados y documentos más acabados.

Desde entonces se planteaba la necesidad de dar mayor difusión a la existencia misma del Comité y que éste pudiera recibir información adicional a la que formalmente encontraba en los Informes de los Estados Partes.

La afortunada decisión del Secretario General Boutros Boutros Ghali de trasladar a la División para el Adelanto de la Mujer a Nueva York en 1993 solucionó ese problema.

Dejé de ser miembro del Comité en 1992, fué la última reunión a la que asistí y debo confesarles que no participé en debida forma por un doloroso problema personal que tuve en diciembre de 1991, cuando falleció el menor de mis hermanos y de esa reunión pocos recuerdos tengo. No obstante, seguí de cerca sus trabajos, ya bajo la presidencia de Ivanka Corti, y me enteré con gran satisfacción que el Comité bajo su atinada coordinación no sólo renovó su propósito de publicitar más ampliamente sus trabajos, sino que también superó una barrera que habíamos enfrentado en los primeros años para poder recibir información más directa de otras fuentes, cuando inicialmente esperábamos mayor información de los organismos especializados, como la UNESCO, la OIT o la OMS y poder dialogar con sus representantes; me dí cuenta también que se había superado la negativa a que el Comité manifestara alguna opinión sobre las reservas. Recuerdo bien que, en Viena, en dos o más ocasiones solicitamos la opinión del asesor jurídico quien había señalado enfáticamente que el Comité no tenía competencia para expresar opinión sobre las Reservas ni tampoco para hacer recomendaciones directas a los Estados Partes.

Realmente, entre 1993 y 1997, que fué el año en que volví a participar en el Comité, cambiaron muchísimo, y para bien, sus procedimientos de trabajo y amplió con mucho su marco de acción y su visibilidad.

Todo ello gracias a la magnífica conducción de sus sesiones, y al esfuerzo y empeño personal que doña Ivanka Corti realizó en todo el proceso preparatorio de la IV Conferencia Mundial de la Mujer y en la misma Conferencia Mundial de Derechos Humanos. El Comité se incorporó al esquema de los otros órganos de seguimiento de tratados de derechos humanos (treaty bodies) y muy frecuentemente encontré a Ivanka Corti haciendo lobby para y por el Comité y sus atribuciones, en las reuniones intergubernamentales, incluyendo las muy importantes de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

La activa presidencia de la Honorable Salma Khan, quien con su característica discreción ha llevado la voz del Comité a otros foros ha permitido consolidar toda esa tarea a que he hecho referencia.

Creo que el Comité tiene una importante responsabilidad, que es consolidar lo que hasta ahora ha logrado, avanzar en el propósito de reducir el rezago que tenemos en el examen de los Informes iniciales y periódicos y muy especialmente, prepararse para cumplir con la responsabilidad adicional que le llegará una vez que se concluya el Protocolo Facultaltivo que está ahora en preparación.

Otra cuestión que el Comité habría de analizar y discutir para, en su caso, tomar una decisión es la posibilidad de celebrar algunas reuniones en Ginebra, tal como en algún momento lo solicitó al Secretario General, según lo comentó la señora Ivanka Corti en ocasión de la visita que recibimos en 1998 de la señora Robinson, Alta Comisionada de Derechos Humanos, quien, según mis notas, respondio a los comentarios de la señora Corti diciendo ")por qué no una vez en Nueva York y una vez en Ginebra?". Creo que deberíamos analizar tal posibilidad, si no de una manera tan sistemática, sí considerar la conveniencia de llevar a cabo algunas reuniones en la sede europea de Naciones Unidas.

Algo muy importante también, creo, es que revisemos con cuidado nuestro sistema de trabajo y la forma en que nos organizamos y que en esa tarea la Mesa, toda en su conjunto, haga una recomendación al Comité.

Naturalmente que en todas estas cuestiones, es de esperarse que el Comité reciba el invaluable apoyo del Secretariado de la División, tal como lo dispone la Convención misma.

Para finalizar, quiero reiterar a ustedes mi agradecimiento y mi plena disposición a realizar el mejor de mis esfuerzos por llevar a cabo la responsabilidad de coordinar nuestros trabajos, con la misma imparcialidad e independencia con las que he actuado en los 12 años que tengo de participar en nuestras sesiones.