Programa 21: Capítulo 15
15. CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
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15.1 Los objetivos y las actividades del presente capítulo del
Programa 21 están destinados a mejorar la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos,
así como a apoyar el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
15.2 Los bienes y los servicios esenciales de nuestro planeta
dependen de la variedad y la variabilidad de los genes, las especies,
las poblaciones y los ecosistemas. Los recursos biológicos nos nutren,
nos visten y nos proporcionan alojamiento, medicamentos y sustento
espiritual. Los ecosistemas naturales de los bosques, las sabanas, las
praderas y los pastizales, los desiertos, las tundras, los ríos, los
lagos y los mares contienen la mayor parte de la biodiversidad de la
Tierra. Las tierras de los agricultores y los jardines son también de
gran importancia como reservas, en tanto que los bancos de genes, los
jardines botánicos, los parques zoológicos y otras reservas de plasma
germinal aportan una contribución pequeña pero importante. El actual
empobrecimiento de la biodiversidad es en gran parte resultado de la
actividad humana y constituye una grave amenaza para el desarrollo
humano.
ÁREA DE PROGRAMAS
Conservación de la diversidad biológica
Bases para la acción
15.3 Pese a los crecientes esfuerzos hechos en el curso de los 20 últimos
años, ha continuado el proceso de pérdida de la diversidad biológica
del mundo, principalmente a causa de la destrucción de los hábitat, el
cultivo excesivo, la contaminación y la introducción inadecuada
de plantas y animales foráneos. Los recursos biológicos constituyen un
capital con un gran rendimiento potencial de beneficios sostenibles. Es
preciso tomar urgentemente medidas decisivas para conservar y mantener
los genes, las especies y los ecosistemas, con miras a la ordenación y
la utilización sostenibles de los recursos biológicos. Hay que
reforzar en los planos nacional e internacional la capacidad de evaluación,
estudio y observación sistemática de la biodiversidad. Se requieren
una acción nacional y una cooperación internacional eficaces para la
protección in situ de los ecosistemas, la conservación ex situ de los
recursos biológicos y genéticos y el mejoramiento de las funciones de
los ecosistemas. La participación y el apoyo de las comunidades locales
son factores esenciales para el éxito de tal enfoque. Los adelantos
recientes de la biotecnología han destacado la capacidad potencial que
el material genético contenido en las plantas, los animales y los
microorganismos tiene para la agricultura, la salud y el bienestar, así
como para fines ambientales. Al mismo tiempo, es particularmente
importante subrayar en este contexto que los Estados tienen el derecho
soberano a explotar sus propios recursos biológicos en consonancia con
sus políticas ambientales, así como la responsabilidad de conservar su
biodiversidad, de utilizar sus recursos biológicos de manera sostenible
y de velar por que las actividades que se realicen bajo su jurisdicción
o control no causen daños a la biodiversidad biológica de otros
Estados o de las zonas situadas fuera de los límites de la jurisdicción
nacional.
Objetivos
15.4 Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de los
organismos de las Naciones Unidas y de las organizaciones regionales,
intergubernamentales y no gubernamentales competentes, el sector privado
y las instituciones financieras, y teniendo en cuenta las poblaciones
indígenas y sus comunidades, así como los factores sociales y económicos,
deberían:
a) Presionar para la pronta entrada en vigor del Convenio sobre la
Diversidad Biológica, con la participación más amplia posible;
b) Elaborar estrategias nacionales para la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos
biológicos;
c) Incorporar en las estrategias y los planes nacionales de
desarrollo las estrategias de conservación de la diversidad biológica
y utilización sostenible de los recursos biológicos;
d) Tomar las medidas apropiadas para la distribución justa y
equitativa de los beneficios dimanantes de la investigación y el
desarrollo y de la utilización de los recursos biológicos y genéticos,
así como de la biotecnología, entre las fuentes de esos recursos y
entre quienes los utilicen;
e) Llevar a cabo estudios por países, según proceda, sobre la
conservación de la diversidad biológica y sobre la utilización
sostenible de los recursos biológicos, así como análisis de los
costos y beneficios pertinentes, con particular referencia a los
aspectos socioeconómicos;
f) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre la
biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales;
g) Reconocer y fomentar los métodos y los conocimientos
tradicionales de las poblaciones indígenas y sus comunidades,
haciendo hincapié en la función particular de la mujer, que sean de
interés para la conservación de la diversidad biológica y para la
utilización sostenible de los recursos biológicos, y dar a esos
grupos la oportunidad de participar en los beneficios económicos y
comerciales dimanantes de la utilización de tales métodos y
conocimientos tradicionales 1/;
h) Poner en práctica mecanismos para el mejoramiento, la generación,
el desarrollo y la utilización sostenible de la biotecnología y para
su transferencia inocua, particularmente a los países en desarrollo,
teniendo en cuenta la contribución potencial de la biotecnología a
la conservación de la diversidad biológica y a la utilización
sostenible de los recursos biológicos 2/;
i) Promover una cooperación internacional y regional más amplia
para fomentar la comprensión científica y económica de la
importancia de la biodiversidad y de sus funciones en los ecosistemas;
j) Idear medidas y disposiciones para poner en práctica el derecho
de los países de origen de los recursos genéticos o los países que
suministren los recursos genéticos, tal como están definidos en el
Convenio sobre la Diversidad
Biológica, particularmente los países en desarrollo, a beneficiarse
del desarrollo biotecnológico y de la utilización comercial de los
productos derivados de tales recursos 2/,
3/.
Actividades
A) Actividades De Gestión
15.5 Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las
políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los
organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las
organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones
indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no
gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y
científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según
proceda:
a) Elaborar nuevas estrategias, planes o programas de acción, o
reforzar los existentes, para la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos, teniendo en
cuenta la labor de educación y capacitación necesaria 4/;
b) Incorporar en los planes, programas y políticas sectoriales o
transectoriales pertinentes, las estrategias para la conservación de
la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos
biológicos y genéticos, prestando particular atención a la especial
importancia de los recursos biológicos y genéticos terrestres y acuáticos
para la agricultura y la alimentación 5/;
c) Realizar estudios por países o utilizar otros métodos para
reconocer los componentes de la diversidad biológica que son
importantes para su conservación y para la utilización sostenible de
los recursos biológicos, atribuir valores a los recursos biológicos
y genéticos, reconocer los procesos y las actividades que tienen
considerables repercusiones sobre la diversidad biológica, evaluar
las repercusiones económicas potenciales de la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos
biológicos y genéticos, y sugerir medidas prioritarias;
d) Tomar medidas que constituyan incentivos eficaces en los
sectores económico y social y en otros sectores pertinentes para
fomentar la conservación de la diversidad biológica y la utilización
sostenible de los recursos biológicos, así como la promoción de
sistemas de producción sostenibles, tales como los métodos
tradicionales de la agricultura, la agrosilvicultura, la silvicultura
y la ordenación de los pastos y de la flora y la fauna silvestres,
que utilicen, mantengan o aumenten la biodiversidad 5/;
e) Sin perjuicio de la legislación nacional, tomar medidas para
respetar, registrar, proteger y contribuir a aplicar más ampliamente
los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las
comunidades indígenas y locales que reflejan los estilos de vida
tradicionales para la conservación de la diversidad biológica y la
utilización sostenible de los recursos biológicos, con miras a la
participación justa y equitativa en los beneficios consiguientes, y
promover la creación de mecanismos para que esas comunidades,
incluidas las mujeres, participen en la conservación y la gestión de
los ecosistemas 1/;
f) Realizar investigaciones a largo plazo sobre la importancia de
la biodiversidad para el funcionamiento de los ecosistemas y sobre la
función de los ecosistemas en la producción de bienes, servicios
ambientales y otros valores que contribuyan a un desarrollo sostenible,
prestando particular atención a la biología y a la capacidad de
reproducción de las especies terrestres y acuáticas clave, entre
ellas las especies nativas y las especies cultivadas; las nuevas técnicas
de observación y de preparación de inventarios; las condiciones ecológicas
necesarias para la conservación de la biodiversidad y la continuación
de la evolución, y el comportamiento social y los hábitos de nutrición
dependientes de los ecosistemas naturales, en relación con lo cual
las mujeres desempeñan funciones clave; estos trabajos deberían
realizarse con la participación más amplia posible, especialmente de
las poblaciones indígenas y sus comunidades, incluidas las mujeres 1/;
g) Tomar medidas, cuando sea necesario, para la conservación de la
diversidad biológica mediante la conservación in situ de los
ecosistemas y los hábitat naturales, así como de las variedades
primitivas obtenidas por selección y de las variedades silvestres
emparentadas con ellas, y para el mantenimiento y la recuperación de
poblaciones viables de especies en su entorno natural, y tomar medidas
ex situ, preferiblemente en el país de origen; las medidas in situ
deberían incluir el reforzamiento de los sistemas de las zonas
terrestres, marinas y acuáticas protegidas para dar cabida a, en
particular, las zonas pantanosas vulnerables, sean o no de agua dulce,
y los ecosistemas ribereños, tales como los estuarios, los arrecifes
de coral y los manglares 6/;
h) Promover la renovación y la restauración de los ecosistemas dañados
y la recuperación de las especies amenazadas o en peligro;
i) Formular políticas para fomentar la conservación de la
biodiversidad y la utilización sostenible de los recursos biológicos
y genéticos en las tierras de propiedad privada;
j) Promover un desarrollo ecológicamente racional y sostenible en
las zonas adyacentes a las zonas protegidas, con miras a reforzar la
protección de estas zonas;
k) Adoptar los procedimientos apropiados para la evaluación de las
repercusiones ambientales de los proyectos propuestos que sea probable
que vayan a surtir efectos considerables sobre la diversidad biológica,
tomando medidas para que la información pertinente sea fácilmente
asequible y para la participación del público, cuando proceda, y
fomentar la evaluación de las repercusiones de las políticas y
programas pertinentes sobre la diversidad biológica;
l) Promover, cuando proceda, el establecimiento y mejoramiento de
sistemas de inventario nacional, reglamentación o gestión y control
al nivel apropiado en relación con los recursos biológicos;
m) Tomar medidas para fomentar una mayor comprensión y apreciación
del valor de la diversidad biológica, manifestada tanto en sus partes
componentes como en los servicios prestados a los ecosistemas.
b) Datos e Información
15.6 Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las
políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los
organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las
organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones
indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no
gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y
científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según
proceda 7/:
a) Reunir, evaluar e intercambiar regularmente información sobre
la conservación de la diversidad biológica y sobre la utilización
sostenible de los recursos biológicos;
b) Elaborar métodos para el muestreo y la evaluación sistemáticos,
en el plano nacional, de los componentes de la diversidad biológica
reconocidos mediante estudios sobre países;
c) Iniciar o continuar la elaboración de métodos y empezar o
proseguir los estudios, al nivel que corresponda, sobre la situación
de los ecosistemas y reunir información básica sobre los recursos
biológicos y genéticos, entre ellos los de los ecosistemas
terrestres, acuáticos, costeros y marinos, así como emprender la
preparación de inventarios con la participación de las poblaciones
locales e indígenas y sus comunidades;
d) Determinar y evaluar las repercusiones y los beneficios económicos
y sociales potenciales de la conservación y la utilización
sostenible de las especies terrestres y acuáticas en cada país,
partiendo de los resultados obtenidos mediante los estudios sobre países;
e) Emprender la actualización, el análisis y la interpretación
de los datos obtenidos mediante los trabajos de determinación,
muestreo y evaluación descritos más arriba;
f) Reunir, evaluar y proporcionar información pertinente y fiable,
de manera oportuna y en forma adecuada para la adopción de decisiones
a todos los niveles, con el apoyo y la participación plenos de las
poblaciones locales e indígenas y sus comunidades.
C) Cooperación y Coordinación en los Planos Internacional y
Regional
15.7 Los gobiernos, al nivel que corresponda, con la cooperación de
los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de
las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las
poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no
gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y
científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según
proceda:
a) Considerar el establecimiento o el reforzamiento de los medios y
las redes nacionales o internacionales para el intercambio de datos y
de información que sean de interés para la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos
biológicos y genéticos 7/;
b) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre la
biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales efectuadas en
todos los países;
c) Promover la cooperación técnica y científica en la esfera de
la conservación de la diversidad biológica y la utilización
sostenible de los recursos biológicos y genéticos; se debería
prestar especial atención al desarrollo y el reforzamiento de la
capacidad nacional mediante el aprovechamiento de los recursos humanos
y la creación de instituciones, así como mediante la transferencia
de tecnología y/o el desarrollo de instituciones de investigación y
de gestión, tales como herbarios, museos, bancos de genes y
laboratorios, en relación con la conservación de la biodiversidad 8/;
d) Sin perjuicio de las disposiciones pertinentes del Convenio
sobre la Diversidad Biológica, facilitar para este capítulo la
transferencia de tecnologías que sean de interés para la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los
recursos biológicos o tecnologías biológicas que utilicen recursos
genéticos y no causen ningún daño apreciable al medio ambiente, de
conformidad con el capítulo 34, y reconociendo que la tecnología
incluye la biotecnología 2/, 8/;
e) Promover la cooperación entre las partes en las convenciones y
los planes de acción internacionales pertinentes, con miras a
intensificar y coordinar los esfuerzos por conservar la diversidad
biológica y lograr la utilización sostenible de los recursos biológicos;
f) Reforzar el apoyo a los instrumentos, los programas y los planes
de acción internacionales y regionales relacionados con la conservación
de la diversidad biológica y con la utilización sostenible de los
recursos biológicos;
g) Promover el mejoramiento de la coordinación internacional de
las medidas encaminadas a la conservación y la ordenación eficaces
de las especies migratorias que estén en peligro y que no constituyan
plagas, incluidos los niveles apropiados de apoyo para el
establecimiento y la ordenación de zonas protegidas en lugares
transfronterizos;
h) Promover los esfuerzos nacionales con respecto a las encuestas,
la reunión de datos, los muestreos y la evaluación, así como al
mantenimiento de bancos de genes.
Medios de Ejecución
A) Financiación Y Evaluación de los Costos
15.8 La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total
medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo
ascenderá a unos 3.500 millones de dólares, incluidos alrededor de
1.750 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará
a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son
indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por
los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras,
incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las
estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan
ejecutar.
B) Medios Científicos y Tecnológicos
15.9 Los aspectos concretos que han de abordarse incluyen la
necesidad de formular:
a) Métodos eficientes para realizar estudios de referencia e
inventarios, así como para la evaluación y el muestreo sistemáticos
de los recursos biológicos;
b) Métodos y tecnologías para la conservación de la diversidad
biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos;
c) Métodos perfeccionados y diversificados para la conservación
ex situ con miras a la conservación a largo plazo de los recursos genéticos
que sean de importancia para la investigación y el desarrollo.
C) Desarrollo de los Recursos Humanos
15.10 Es preciso, cuando
proceda:
a) Aumentar y/o utilizar más eficientemente el personal capacitado
en los aspectos científicos y tecnológicos relativos a la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los
recursos biológicos;
b) Mantener o establecer programas de educación científica y técnica
y de capacitación de administradores y profesionales, especialmente
en los países en desarrollo, en relación con las medidas encaminadas
al reconocimiento, la conservación de la diversidad biológica y la
utilización sostenible de los recursos biológicos;
c) Promover y alentar la comprensión de la importancia de las
medidas necesarias para la conservación de la diversidad biológica y
la utilización sostenible de los recursos biológicos en todos los
planos de la formulación de políticas y la adopción de decisiones
en los gobiernos, las empresas comerciales y las instituciones de crédito,
y promover y alentar la incorporación de esos temas en los programas
de educación.
D) Aumento de la Capacidad
15.11 Es preciso, cuando proceda:
a) Fortalecer las instituciones que se ocupan de la conservación
de la diversidad biológica o establecer nuevas instituciones de esa
índole, y considerar la creación de mecanismos tales como institutos
o centros nacionales de diversidad biológica;
b) Seguir fortaleciendo la capacidad respecto de la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los
recursos biológicos en todos los sectores pertinentes;
c) Aumentar, especialmente en los gobiernos, las empresas
comerciales y los organismos de desarrollo bilaterales y
multilaterales, la capacidad de integrar los problemas concernientes a
la diversidad biológica, sus posibles beneficios y los cálculos de
los costos de sustitución en los procesos de formulación, aplicación
y evaluación de proyectos, así como de evaluar las repercusiones de
los proyectos de desarrollo propuestos sobre la diversidad biológica;
d) Aumentar, en el plano pertinente, la capacidad de las
instituciones públicas y privadas que se ocupan de la planificación
y la gestión de las zonas protegidas de coordinar y planificar
intersectorialmente con otras instituciones públicas, organizaciones
no gubernamentales y, cuando proceda, con las poblaciones indígenas
y sus comunidades.
Notas
1/ Véanse el capítulo 26 (Reconocimiento y fortalecimiento del
papel de las poblaciones indígenas y sus comunidades) y el capítulo 24
(Medidas mundiales en favor de la mujer para lograr un desarrollo
sostenible y equitativo).
2/ Véase el capítulo 16 (Gestión ecológicamente racional de la
biotecnología).
3/ El artículo 2 (Términos utilizados) del Convenio sobre la
Diversidad Biológica incluye las definiciones siguientes: "Por 'país
de origen de recursos genéticos' se entiende el país que posee esos
recursos genéticos en condiciones in situ. Por 'país que aporta
recursos genéticos' se entiende el país que suministra recursos genéticos
obtenidos de fuentes in situ, incluidas las poblaciones de especies
silvestres y domesticadas, o de fuentes ex situ, que pueden tener o no
su origen en ese país."
Véase el capítulo 36 (Fomento de la educación, la capacitación
y la toma de conciencia).
5/ Véanse el capítulo 14 (Fomento de la agricultura y del
desarrollo rural sostenibles) y el capítulo 11 (Lucha contra la
deforestación).
Véase el capítulo 17 (Protección de los océanos y de todos los
tipos de mares, incluidos los mares cerrados y semicerrados, y de las
zonas costeras, y protección, utilización racional y desarrollo de sus
recursos vivos).
Véase el capítulo 40 (Información para la adopción de
decisiones).
Véase el capítulo 34 (Transferencia de tecnología ecológicamente
racional, cooperación y aumento de la capacidad).
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