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Decisi車n PC.1/2. Participaci車n de observadores en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio y celebraci車n de consultas con ellos

En su primera sesi車n, el 27 de agosto de 2007, el Comit谷 Preparatorio decidi車, sin votaci車n, aplicar los criterios y las pr芍cticas que figuran a continuaci車n con respecto a la participaci車n de las organizaciones no gubernamentales en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio:

a) El mecanismo establecido por el Consejo Econ車mico y Social en su resoluci車n 1996/31, de 26 de julio de 1996, as赤 como las pr芍cticas observadas por la Comisi車n de Derechos Humanos, ser芍n el marco de referencia para la participaci車n y la acreditaci車n de las organizaciones no gubernamentales, as赤 como para la celebraci車n de consultas con ellas, al tiempo que se asegura que su contribuci車n sea lo m芍s eficaz posible;

b) Se invitar芍 a las organizaciones no gubernamentales reconocidas como entidades consultivas por el Consejo Econ車mico y Social a participar plenamente en todos los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio, de conformidad con la resoluci車n 1996/31 del Consejo;

c) En el caso de las organizaciones no gubernamentales no reconocidas como entidades consultivas por el Consejo Econ車mico y Social pero acreditadas para participar en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminaci車n Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y sus mecanismos de seguimiento:

i) La Secretar赤a enviar芍 a los Estados Miembros una lista actualizada de las organizaciones no gubernamentales no reconocidas como entidades consultivas, pero acreditadas para participar en la Conferencia Mundial y sus mecanismos de seguimiento.

ii) Se invitar芍 a las organizaciones no gubernamentales comprendidas en esa categor赤a a participar plenamente en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio, a menos que los Estados Miembros formulen observaciones en el plazo de 14 d赤as contados a partir de la fecha en que reciban la nota verbal con la lista de las organizaciones no gubernamentales antes mencionadas. Se aplicar芍 el procedimiento habitual establecido en la resoluci車n 1996/31 del Consejo.

iii) En el caso de que un gobierno formule reservas sobre la acreditaci車n de una organizaci車n no gubernamental, competer芍 al Comit谷 Preparatorio tomar una decisi車n definitiva al respecto, de conformidad con el procedimiento habitual establecido en la resoluci車n 1996/31 del Consejo.

d) En el caso de las organizaciones no gubernamentales no reconocidas como entidades

consultivas por el Consejo Econ車mico y Social ni acreditadas para participar en la Conferencia

Mundial contra el Racismo, la Discriminaci車n Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de

Intolerancia y sus mecanismos de seguimiento:

i) Las organizaciones no gubernamentales interesadas por primera vez en el proceso y que deseen participar en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio deber芍n presentar su solicitud a la Secretar赤a, de conformidad con los criterios establecidos en la resoluci車n 1996/31 del Consejo.

ii) La Secretar赤a publicar芍 en el sitio web de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos los procedimientos y los formularios correspondientes para la participaci車n de las organizaciones no gubernamentales.

iii) La Secretar赤a seguir芍 examinando todas las solicitudes que se reciban para comprobar el cumplimiento de los requisitos enunciados en la resoluci車n 1996/31 del Consejo.

iv) Cuando se haya retirado o suspendido el car芍cter consultivo de una organizaci車n no gubernamental de conformidad con los apartados a) o b) del p芍rrafo 57 de la resoluci車n 1996/31 del Consejo, la Secretar赤a proporcionar芍 informaci車n sobre las razones de la cancelaci車n o suspensi車n, incluida la fecha de la decisi車n, en la lista que se distribuye a todos los Estados Miembros.

v) La Secretar赤a enviar芍 peri車dicamente a los Estados Miembros la lista actualizada de las solicitudes recibidas. Los Estados Miembros podr芍n formular observaciones sobre cualquiera de las solicitudes en un plazo de 14 d赤as contados a partir de la fecha en que reciban la lista antes mencionada. Las observaciones de los Estados Miembros se comunicar芍n a la organizaci車n no gubernamental interesada, que tendr芍 la oportunidad de responder.

vi) En los casos en que la Secretar赤a, bas芍ndose en la informaci車n presentada de conformidad con la resoluci車n 1996/31 del Consejo, considere que la organizaci車n no gubernamental ha demostrado la competencia y pertinencia de sus actividades para la labor del Comit谷 Preparatorio, recomendar芍 al Comit谷 Preparatorio que se acredite a la organizaci車n no gubernamental. En los casos en que la Secretar赤a no recomiende la acreditaci車n, expondr芍 al Comit谷 Preparatorio las razones para actuar de ese modo.

vii) En el caso de que un Estado Miembro formule reservas sobre la acreditaci車n de una organizaci車n no gubernamental, competer芍 al Comit谷 Preparatorio tomar una decisi車n definitiva al respecto, de conformidad con el procedimiento habitual establecido en la resoluci車n 1996/31 del Consejo.

e) Los representantes de pueblos ind赤genas acreditados de conformidad con la resoluci車n 1995/32 del Consejo Econ車mico y Social, de 25 de julio de 1995, y que expresen el deseo de participar en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio, estar芍n acreditados para participar en ellos. Tambi谷n se podr芍 acreditar a otros representantes de pueblos ind赤genas interesados, siguiendo los procedimientos habituales establecidos en la resoluci車n 1996/31 del Consejo;

f) La participaci車n de instituciones nacionales de derechos humanos en los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio se basar芍 en las disposiciones y las pr芍cticas acordadas por la Comisi車n de Derechos Humanos, comprendida la resoluci車n 2005/74, de 20 de abril de 2005, al tiempo que se asegura que la contribuci車n de esas instituciones sea lo m芍s eficaz posible;

g) En los per赤odos de sesiones del Comit谷 Preparatorio tambi谷n podr芍n participar otros observadores, tales como:

i) Las entidades que hayan recibido una invitaci車n permanente para participar en calidad de observadores en los per赤odos de sesiones y en los trabajos de la Asamblea General;

ii) Las organizaciones intergubernamentales que hayan recibido una invitaci車n permanente para participar como observadores en los per赤odos de sesiones y en los trabajos de la Asamblea General;

iii) Los organismos especializados;

iv) Los miembros asociados de las comisiones regionales, y

v) Los 車rganos, programas y mecanismos competentes de las Naciones Unidas, en particular los 車rganos y mecanismos de derechos humanos.