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Vista de la sala de conferencias el 24 de enero de 1961 en las Naciones Unidas en Nueva York.
Vista de la sala de conferencias el 24 de enero de 1961 en las Naciones Unidas en Nueva York. Foto ONU/MB

Conferencia de las Naciones Unidas para la adopci車n de una convenci車n 迆nica
sobre Estupefacientes 24 de enero a 25 de marzo de 1961, Nueva York

Antecedentes

La lucha contra las drogas

El 28 de julio de 1958, el Consejo Econ車mico y Social de la ONU decidi車 convocar una conferencia de plenipotenciarios para que aprobara una convenci車n 迆nica sobre estupefacientes a fin de reemplazar con un solo instrumento los tratados multilaterales existentes en la materia, reducir el n迆mero de 車rganos internacionales creados por tratado que se ocupan exclusivamente en dicha fiscalizaci車n y tomar medidas para fiscalizar la producci車n de las materias primas de los estupefacientes. La Conferencia de las Naciones Unidas para la Adopci車n de una Convenci車n ?nica sobre Estupefacientes se celebr車 en la Sede de las Naciones Unidas del 24 de enero al 25 de marzo de 1961 y adopt車 la . El objetivo de la Convenci車n era combatir el consumo de drogas mediante una intervenci車n internacional coordinada. Su intenci車n era limitar la posesi車n, el consumo, el comercio, la distribuci車n, la importaci車n, la exportaci車n, la fabricaci車n y la producci車n de drogas 迆nicamente con fines m谷dicos y cient赤ficos. Tambi谷n luch車 contra el narcotr芍fico a trav谷s de la cooperaci車n internacional destinada a disuadir a los narcotraficantes. Fue enmendado por el de modificaci車n de la Convenci車n ?nica de 1961 sobre Estupefacientes.

La Convenci車n ?nica de 1961 sobre Estupefacientes dio origen a la (JIFE), que es responsable de supervisar la aplicaci車n de los tratados de fiscalizaci車n internacional de estupefacientes por los Estados Partes. La Junta, en cooperaci車n con los gobiernos y con sujeci車n a las disposiciones de la Convenci車n, tratar芍 de limitar el cultivo, la producci車n, la fabricaci車n y el uso de estupefacientes a la cantidad adecuada necesaria para fines m谷dicos y cient赤ficos, de asegurar su disponibilidad para tales fines y de impedir el cultivo, la producci車n, la fabricaci車n, el tr芍fico y el uso il赤citos de estupefacientes.

 

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