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Reglamento de la Asamblea General

VII. SECRETAR?A

Art¨ªculo 45: Funciones del Secretario General | Art¨ªculo 46 : Funciones del Secretario General | Art¨ªculo 47: Funciones del Secretario General | Art¨ªculo 48: Memoria del Secretario General sobre la labor de la Organizaci¨®n | Art¨ªculo 49: Notificaci¨®n en virtud del Art¨ªculo 12 de la Carta | Art¨ªculo 50: Reglas relativas a la Secretar¨ªa

 

Funciones del Secretario General

Art¨ªculo 45 Documento PDF

El Secretario General actuar¨¢ como tal en todas las sesiones de la Asamblea General, sus comisiones y sus subcomisiones. Podr¨¢ designar a un miembro de la Secretar¨ªa para que act¨²e en su lugar en dichas sesiones. [Art¨ªculo directamente basado en una disposici¨®n de la Carta (Art. 98) Documento PDF.]

Art¨ªculo 46 Documento PDF

El Secretario General proporcionar¨¢ y dirigir¨¢ el personal requerido por la Asamblea General y por cualquier comisi¨®n u ¨®rgano subsidiario que aquella establezca.

Funciones de la Secretar¨ªa

Art¨ªculo 47 Documento PDF

La Secretar¨ªa recibir¨¢, traducir¨¢, imprimir¨¢ y distribuir¨¢ los documentos, informes y resoluciones de la Asamblea General, sus comisiones y sus ¨®rganos; interpretar¨¢ a otros idiomas los discursos pronunciados en las sesiones; redactar¨¢, imprimir¨¢ y distribuir¨¢ las actas de los per¨ªodos de sesiones; custodiar¨¢ y conservar¨¢ en debida forma los documentos en los archivos de la Asamblea; distribuir¨¢ todos los documentos de la Asamblea a los Miembros de las Naciones Unidas y, en general, ejecutar¨¢ todas las dem¨¢s tareas que la Asamblea le encargue.

Memoria del Secretario General sobre la labor de la Organizaci¨®n

Art¨ªculo 48 Documento PDF

El Secretario General presentar¨¢ a la Asamblea General una memoria anual y los informes suplementarios que sean necesarios sobre la labor de la Organizaci¨®n21. Comunicar¨¢ la memoria anual a los Miembros de las Naciones Unidas por lo menos cuarenta y cinco d¨ªas antes de la apertura del per¨ªodo de sesiones.

Notificaci¨®n en virtud del Art¨ªculo 12 de la Carta

Art¨ªculo 49 Documento PDF

El Secretario General, con el consentimiento del Consejo de Seguridad, informar¨¢ a la Asamblea General, en cada per¨ªodo de sesiones, sobre todo asunto relativo al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que estuviere tratando el Consejo de Seguridad, e informar¨¢ asimismo a la Asamblea General, o a los Miembros de las Naciones Unidas si la Asamblea no estuviere reunida, tan pronto como el Consejo de Seguridad cese de tratar tales asuntos. [Este art¨ªculo reproduce textualmente una disposici¨®n de la Carta (Art. 12, p¨¢rr. 2) Documento PDF]

Reglas relativas a la Secretar¨ªa

Art¨ªculo 50 Documento PDF

La Asamblea General establecer¨¢ reglas relativas al personal de la Secretar¨ªa. [Art¨ªculo directamente basado en una disposici¨®n de la Carta (Art. 101, p¨¢rr. 1).].

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