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Divulgaci¨®n financiera

Divulgaci¨®n voluntaria de las declaraciones de situaci¨®n financiera y de inter¨¦s

La Oficina de ?tica de las Naciones Unidas tiene el mandato de administrar el Programa de declaraciones de situaci¨®n financiera de conformidad con el bolet¨ªn del Secretario General relativo a las declaraciones de situaci¨®n financiera y de inter¨¦s (), que entr¨® en vigor el 1? de mayo de 2006.

El principal objetivo del Programa de declaraciones de situaci¨®n financiera de las Naciones Unidas es determinar los eventuales conflictos de intereses que puedan derivarse de la tenencia de activos financieros, las afiliaciones privadas o las actividades externas de los funcionarios y asesorar sobre la mejor forma de resolver esos conflictos potenciales en aras de la protecci¨®n de los intereses de las Naciones Unidas.

Los funcionarios deben completar y presentar sus declaraciones confidenciales de situaci¨®n financiera o de inter¨¦s cada a?o (en marzo) en relaci¨®n con el a?o civil anterior. Las siguientes categor¨ªas de funcionarios est¨¢n obligados a participar en el programa:

  • Todos los funcionarios con categor¨ªa de director y categor¨ªas superiores;
  • Todos los funcionarios que sean oficiales de adquisiciones o cuya tarea principal consista en adquirir bienes o contratar servicios para las Naciones Unidas;
  • Todos los funcionarios cuya tarea principal est¨¦ relacionada con la inversi¨®n de activos de las Naciones Unidas, de la Caja Com¨²n de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas o de cuentas respecto de las cuales las Naciones Unidas tengan responsabilidades fiduciarias o de supervisi¨®n;
  • Todos los funcionarios que tengan acceso directo a informaci¨®n confidencial sobre adquisiciones o inversiones; y
  • Todos los funcionarios de la Oficina de ?tica.

El Secretario General ha alentado a sus altos funcionarios (con categor¨ªa de Secretario General Adjunto [SGA] y Subsecretario General [SsG]) a hacer p¨²blicas, de manera voluntaria, sus declaraciones confidenciales de situaci¨®n financiera o de inter¨¦s.

La divulgaci¨®n p¨²blica no es obligatoria con arreglo al Programa de declaraciones de situaci¨®n financiera de las Naciones Unidas y se hace de manera voluntaria. Tanto el p¨¢rrafo n) de la cl¨¢usula 1.2 del Estatuto del Personal, modificado por la Asamblea General en su Documento PDF, como el art¨ªculo 8 del bolet¨ªn establecen que las declaraciones tendr¨¢n car¨¢cter confidencial y s¨®lo podr¨¢n ser utilizadas por otras partes previa autorizaci¨®n del Secretario General.

Sin embargo, se considera que la divulgaci¨®n voluntaria es una iniciativa importante ya que demuestra que los funcionarios de las Naciones Unidas son conscientes de la importancia de ofrecer garant¨ªas al p¨²blico en general y a los Estados Miembros de las Naciones Unidas de que no se ver¨¢n influenciados, en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades oficiales, por consideraciones relacionadas con sus intereses privados..

Dado que las Naciones Unidas operan en un entorno multicultural y que sus funcionarios a menudo trabajan en lugares en que existe una situaci¨®n de seguridad delicada o provienen de ellos, es posible que una divulgaci¨®n completa no siempre sea una opci¨®n viable o prudente para algunos funcionarios.

Para obtener informaci¨®n m¨¢s detallada sobre la pol¨ªtica de divulgaci¨®n voluntaria de los funcionarios de las Naciones Unidas y los principios que se aplican, v¨¦ase el ?siguiente documento Documento PDF en ingl¨¦s.

Para ver la lista actual de los altos funcionarios de las Naciones Unidas que han aceptado participar en la pol¨ªtica de divulgaci¨®n voluntaria visite el enlace del a?o relevante: