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Todos los ni?os tienen derecho a ser protegidos del trabajo infantil. Ilustraci¨®n: OIT.

Antecedentes

La Organizaci¨®n Internacional del Trabajo () lanz¨® el "D¨ªa mundial contra el trabajo infantil" en 2002 para concienciar acerca de la magnitud de este problema y aunar esfuerzos para erradicar el trabajo infantil. El 12 de junio de cada a?o tenemos la oportunidad de fomentar y coordinar las iniciativas de los gobiernos, las patronales y sindicatos, la sociedad civil, los medios de comunicaci¨®n y muchos otros actores locales, como escuelas y ayuntamientos, en la lucha contra el trabajo infantil.

En 2015, los dirigentes mundiales adoptaron los (ODS), que inclu¨ªan un renovado compromiso para acabar con el trabajo infantil. En particular, la , hace un llamamiento a la comunidad internacional para ¡°adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contempor¨¢neas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibici¨®n y eliminaci¨®n de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilizaci¨®n de ni?os soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.

 

?Qu¨¦ es el trabajo infantil?

No todas las tareas realizadas por los ni?os deben clasificarse como trabajo infantil que se ha de eliminar. Por lo general, la participaci¨®n de los ni?os o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarizaci¨®n se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboraci¨®n en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar un dinero extra. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los peque?os y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta.

El t¨¦rmino ¡°trabajo infantil¡± suele definirse como todo trabajo que priva a los ni?os de su ni?ez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo f¨ªsico y psicol¨®gico.

Pone en riesgo a los menores y viola tanto el derecho internacional como las legislaciones nacionales. Priva a los ni?os de su educaci¨®n o les exige asumir una doble carga: el trabajo y la escuela. El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un subconjunto de actividades laborales llevadas a cabo por menores de edad e incluye:

  • Las "incuestionablemente" peores formas de trabajo infantil, tales como la esclavitud, o pr¨¢cticas similares, y el uso de ni?os en la prostituci¨®n u otras actividades ilegales.
  • El trabajo hecho por los ni?os menores de la edad legal para ese tipo de tareas, tal y como se establece en las legislaciones nacionales de acuerdo con los est¨¢ndares internacionales.

Est¨¢ndares laborales

Uno de los principales objetivos de la (OIT) en su fundaci¨®n, en 1919, fue la abolici¨®n del trabajo infantil. Desde una perspectiva hist¨®rica, el principal instrumento de la OIT para alcanzar este objetivo ha sido la adopci¨®n y la supervisi¨®n de los est¨¢ndares laborales en los que se aborda el concepto de edad m¨ªnima de admisi¨®n al empleo o al trabajo. Adem¨¢s, desde 1919, el principio de que las normas relativas a la edad m¨ªnima deber¨ªan ir asociadas a la escolarizaci¨®n ha formado parte de la tradici¨®n normativa de la OIT en esa ¨¢rea. En ¨¦l Convenio n¨²m. 138 se establece que la edad m¨ªnima de admisi¨®n al empleo no deber¨¢ ser inferior a la edad en que cesa la obligaci¨®n escolar.

La adopci¨®n por la OIT diez a?os despu¨¦s del consolid¨® el consenso que exist¨ªa a escala mundial en torno a la eliminaci¨®n del trabajo infantil. Este instrumento estableci¨® los objetivos m¨¢s concretos que tanto se necesitaban, sin abandonar el objetivo general expresado en el Convenio n¨²m. 138 de la abolici¨®n efectiva del trabajo infantil. Adem¨¢s, el concepto de las peores formas contribuye a fijar prioridades y puede servir como punto de partida para abordar el problema principal del trabajo infantil. El concepto tambi¨¦n ayuda a prestar atenci¨®n a los efectos del trabajo en los ni?os y al tipo de trabajo que realizan.

El trabajo infantil, prohibido en el derecho internacional, queda comprendido en tres categor¨ªas:

  • Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de ni?os para utilizarlos en conflictos armados, prostituci¨®n y pornograf¨ªa, y otras actividades il¨ªcitas.
  • Un trabajo realizado por un ni?o que no alcanza la edad m¨ªnima especificada para ese tipo de trabajo (seg¨²n determine la legislaci¨®n nacional, de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas), y que, por consiguiente, impida probablemente la educaci¨®n y el pleno desarrollo del ni?o.
  • Un trabajo que ponga en peligro el bienestar f¨ªsico, mental o moral del ni?o, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina ?trabajo peligroso".

 

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