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Mandato

Mandato

De conformidad con la resoluci¨®n  de la Asamblea General, el Comit¨¦ tiene las siguientes atribuciones:

  1. Asesorar a la Asamblea General sobre todas las cuestiones relacionadas con la organizaci¨®n de conferencias en las Naciones Unidas.
  2. Planificar y coordinar las conferencias y reuniones en estrecha consulta con la ³§±ð³¦°ù±ð³Ù²¹°ù¨ª²¹ y todos los ¨®rganos competentes en la preparaci¨®n del proyecto del calendario, en particular mediante el escalonamiento de las conferencias y reuniones a lo largo del a?o, y evitar en la mayor medida posible la superposici¨®n de reuniones relacionadas con el mismo sector de actividad en el mismo lugar de celebraci¨®n.
  3. En este contexto, examinar las propuestas del Secretario General acerca del proyecto de calendario preparado sobre la base de sus propuestas presupuestarias y recomendar a la Asamblea General un proyecto de calendario de conferencias y reuniones que atienda las necesidades de las Naciones Unidas y permita una utilizaci¨®n ¨®ptima de los recursos de servicios de conferencias. En lo que se refiere a los cambios propuestos en relaci¨®n con el calendario de conferencias y reuniones aprobado que tengan consecuencias administrativas y financieras, actuar en nombre de la Asamblea General, ajust¨¢ndose al proceso presupuestario en vigor y respetando plenamente los mandatos de otros ¨®rganos.
  4. Determinar los medios de velar por la utilizaci¨®n ¨®ptima de las instalaciones y los servicios de conferencias, incluida la documentaci¨®n, y presentar recomendaciones apropiadas a la Asamblea General.
  5. Asesorar a la Asamblea General acerca de las necesidades actuales y futuras de la Organizaci¨®n en materia de servicios e instalaciones de conferencias, as¨ª como de documentaci¨®n.
  6. Formular recomendaciones, seg¨²n proceda, a la Asamblea General sobre los medios de garantizar una mejor coordinaci¨®n de las conferencias en el sistema de las Naciones Unidas, incluso los servicios y las instalaciones de conferencias, y celebrar consultas apropiadas al respecto.
  7. Vigilar la aplicaci¨®n de todas las resoluciones de la Asamblea General sobre la organizaci¨®n, la prestaci¨®n de servicios y la documentaci¨®n relativas a reuniones y conferencias.
  8. Vigilar la pol¨ªtica de publicaciones de la Organizaci¨®n, con la ayuda de la Junta de Publicaciones de la ³§±ð³¦°ù±ð³Ù²¹°ù¨ª²¹ y teniendo en cuenta la posici¨®n que hayan adoptado al respecto el Comit¨¦ de Informaci¨®n y otros ¨®rganos pertinentes.
  9. Presentar un informe anual a la Asamblea General sobre la cuesti¨®n.

 

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